Procuraduría busca que se reactive las 28 órdenes de captura contra ‘El Paisa’
Esto luego de que las órdenes fueran suspendidas por la entrada de jefe de las Farc a la justicia transicional.

La Procuraduría solicitó que ordenes de capturas sobre Hernán Darío Velásquez, alias el Paisa, vuelvan a ponerse en firme. Todo esto a través de un recurso de reposición en la audiencia del incidente de incumplimiento.
Luego de que el exguerrillero firmara el acta de dejación de armas, entró en el sistema de justicia transicional, por lo cual gozó del beneficio de suspensión de capturas en su contra, las cuales son 28,
La procuradora delegada, Mónica Cifuentes, explicó que la Jurisdicción Especial para la Paz no puede ordenar una captura, motivo por el que solicitó que la JEP ordene a la Fiscalía General de la Nación que se revoque la resolución que suspendía las órdenes de captura antes de ingresar al sistema transicional, por lo que las 28 órdenes por delitos como secuestro, homicidio y terrorismo quedarían activas.
Asimismo, solicitó aclaración sobre qué pasaría con ‘El Paisa’ en el momento de sea capturado. Es decir, que se precise si efectivamente su proceso continúa en JEP o en la justicia tradicional.
Sobre las 4 de la tarde de este viernes 3 de mayo, la Sala de Reconocimiento resolverá su decisión frente a los recursos interpuestos.
Este es el comunicado de la Procuraduría sobre alias ‘El Paisa’:
En los términos del artículo 12 de la Ley 1922 de 2018 y de conformidad con las facultades constitucionales y legales del Ministerio Público, se elevan las siguientes peticiones para que la providencia que decide el presente incidente, Auto 061 del 26 de abril de 2019, se reforme y aclare en los términos solicitados en el presente recurso. Se solicita:
- Que se reforme o aclare el Auto 061 del 26 de abril de 2019 en el sentido de que el incidentado Velásquez Saldarriaga no quedó en libertad condicional por virtud del Decreto Ley 900 de 2017, que extendía dicha garantía para los miembros de Farc privados de la libertad y bajo custodia del Inpec, sino que fue cobijado por el beneficio legal de la suspensión de la ejecución de las órdenes de captura en virtud de lo establecido en el artículo 1 del mismo decreto- ley, que adicionó el parágrafo 3A al artículo 8 de la Ley 418 de 1997.
- Que se reforme o aclare el Auto 061 del 26 de abril de 2019 en el sentido de ordenar al Fiscal General de la Nación que revoque o deje sin efectos la Resolución No. 0 – 0087 del 21 de enero de 2016 por la cual se ordena la suspensión de los efectos de algunas órdenes de captura, en lo que respecta a Hernán Darío Velásquez Saldarriaga.
- Que se reforme o aclare el Auto 061 del 26 de abril de 2019 en el sentido de ordenar a la Fiscalía General de la Nación, a su cuerpo de policía judicial y a la Policía Nacional que como efectos de la reactivación de la ejecución de las órdenes de captura relacionadas en la Resolución No. 0- 0087 del 21 de enero de 2016, una vez capturado por virtud de la reactivación de la ejecución de las órdenes de captura, el señor Hernán Darío Velásquez Saldarriaga se ponga a disposición de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Determinación de los Hechos y Conductas.
- Que se aclare la naturaleza de la declaratoria de la pérdida de los beneficios de las sanciones propias en cuanto su naturaleza, su temporalidad y los eventos en los que se hará efectiva, en los términos de las consideraciones expuestas en el presente recurso.