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Salud/ Creado el: 2019-09-05 11:14 - Última actualización: 2019-09-05 11:29

Por Norma sanitaria, fueron decomisados medicamentos

Los profesionales de Salud Ambiental, están decomisando estos productos que son comercializados directamente al usuario sin el debido cumplimiento de almacenamiento infringiendo la norma sanitaria.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | septiembre 05 de 2019

12 cápsulas de Omeprazol de 20 miligramos, 50 cápsulas de Amoxicilina de 500 miligramos, 16 tabletas de Lomotil de 2.5 miligramos, Sevedol Extra Fuerte y 90 cápsulas de Ibuprofeno de 800 miligramos, fueron los medicamentos decomisados en una tienda ubicada en el barrio San Jorge en la comuna 6.

Estos productos estaban siendo comercializados directamente a los usuarios en sitios no autorizados. Según el decreto 3050 del 2005 manifiesta que los medicamentos que se venden bajo formula médica sólo se pueden expender en droguerías y farmacias y los medicamentos de venta libre solo se expenden en farmacia-droguerías, almacenes de cadena y otros establecimientos, siempre y cuando reúnan los requisitos de almacenamiento indicado por el fabricante y las condiciones higiénicas locativas del lugar. 

“Nuestro deber es garantizar la integridad de todos los neivanos, por eso estamos haciendo estos controles de inspección y vigilancia en todas las tiendas, graneros y supermercados con el fin de verificar el cumplimento de dicha norma. Los medicamentos son un producto frágil que, si no se le da un almacenamiento adecuado, puedo acarrear efectos adversos al consumidor”, indicó Yovany Pastrana Hernández, técnico en el área de la salud de la Secretaría de Salud de Neiva. 

Los operativos se desarrollarán por toda la ciudad y en todas las comunas; por eso se le hace llamado a los propietarios o representantes legales de estos establecimientos  con el propósito que cumplan con los requisitos establecidos en la circular 206 del 16 de octubre del año 2015 que establece los requisitos de venta como son:

  Aspectos locativos como pisos, paredes, cielo rasos que permita su fácil limpieza y sanitación. Además tener un área adecuada, exclusiva, limpia y ordenada que impida la contaminación cruzada del producto y la incidencia directa de los rayos solares. 

 Registro diario de temperatura y humedad, por lo tanto deben contar con un termo higrómetro debidamente calibrado. 

 Realizar la recepción técnica de todos los medicamentos y dispositivos que entren al establecimiento y registrarse en actas debidamente firmadas y que contengan los siguientes datos: Nombre del proveedor, número de factura y fecha, nombre del producto, concentración, forma farmacéutica, presentación comercial, número de registro INVIMA, número de lote, fecha de vencimiento, y condiciones de almacenamiento.

  Llevar registro de limpieza y aseo, procedimientos escritos con responsabilidades asignadas sobre la forma, frecuencia, y medios de limpieza o desinfección a emplear.

  Tener procedimientos para manejo adecuado de residuos según la normatividad vigente de saneamiento, control de plagas y roedores y llevar los respectivos registros.

  Todos los productos deben tener Registro de INVIMA, ser de venta libre y con fecha de vencimiento vigente. No pueden tener medicamentos o dispositivos médicos de contrabando, fraudulentos o falsificados y/o alterados.

Las personas que comercialicen estos productos sin cumplir con los requisitos mencionados, se le hará un decomiso y serán puestas a disposición de la Secretaría de Salud Departamental para su respectiva sanción.