En firme suspensión del Congreso Liberal
La Sección Segunda del Consejo de Estado, denegó por improcedente la tutela interpuesta por las directivas del Partido Liberal, para reanudar la realización del Séptimo Congreso Liberal.
El Alto Tribunal reconviene al Partido Liberal Colombiano y al Consejo Nacional Electoral, “para que se abstengan de continuar incurriendo o de reincidir en las actuaciones contrarias a los valores e intereses colectivos relacionados con la moralidad administrativa”
Asimismo, exige el cumplimiento de la decisión del Tribunal Nacional de Garantías, que declaró ilegal la resolución ° 2895 de 2011 y la adopción de medidas que sean necesarias para dejar de aplicar los estatutos adoptados en la citada resolución-
La acción de tutela, había sido interpuesta por Héctor Olimpo Espinosa Oliver, en su calidad de Secretario General y Representante Legal del Partido Liberal Colombiano, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por una supuesta vulneración a los derechos fundamentales de la colectividad política, ocurrida con ocasión de la expedición del Auto Interlocutorio No. 2016-05-269 de 13 de mayo de 2016, que decretó la medida cautelar de suspensión del VII Congreso Nacional de esa colectividad.
