Demandan credencial de Flora Perdomo
Piden la nulidad de su elección como Representante a la Cámara. Como medida cautelar insisten en la suspensión provisional.

Apoyado en el Artículo 179 de la Constitución Política, un abogado huilense demandó la credencial de la electa representante a la Cámara por el Huila, Flora Perdomo Andrade.
El demandante es el abogado Wilfrand Cuenca Zuleta, quien solicito al Consejo de Estado la “nulidad de la elección de Flora Perdomo Andrade como representante a la Cámara por el departamento del Huila para el periodo 2014-2018”, en la demanda pide, como medida cautelar, la suspensión provisional, es decir que se le impida la posesión hasta tanto no se falle el fondo del asunto.
El artículo 179 aclara en su numeral segundo: No podrán ser congresistas … Quienes hubieren ejercido, como empleados públicos, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de la elección.
El numeral tercero de la norma agrega: “Quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas en interés propio, o en el de terceros, o hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección”.
Estas son las normas invocadas por el demandante, quien asegura que la señora Flora Perdomo, en su calidad de secretaria privada de la Gobernación del Huila en el gobierno actual (Carlos Mauricio Iriarte), violó la norma contenida en el artículo 179 que obliga a renunciar un año antes para no inhabilitarse.
“Fallos del Consejo de Estado han determinado que los secretarios de despacho ejercen autoridad administrativa y política, entre otras, con el agravante que al ser asistentes o contratistas devengan salarios de las entidades públicas o de fuentes públicas y no renunciaron con la debida antelación, un año antes de la elección, violando el régimen de inhabilidades para ser elegidos congresistas”, dice el demandante en su escrito.
Al respecto hay jurisprudencia en el Consejo Nacional Electoral y el Consejo de Estado (Sección Quinta) donde se unifica el criterio que debela que este tipo de cargos en las administraciones departamentales sí generan la inhabilidad.
La demanda contra la electa representante ya fue admitida y por reparto asignada la magistrada Susana Buitrago Valencia, quien debe definir en los próximos cinco días si decreta o no la medida cautelar. En caso de ser así, Flora Perdomo no se podría posesionar hasta tanto no se falle el fondo del proceso.
DIARIO DEL HUILA intentó obtener la reacción de la electa Representante, sin embargo no fue posible.