Cuánto se puede invertir legalmente en una campaña en el Huila
Los topes establecidos por el Consejo Nacional Electoral establecen, de acuerdo al censo electoral, que un candidato a la Gobernación del Huila tiene un tope de inversión de 1467 millones de pesos, mientras que para un candidato a la alcaldía de Neiva es de $1080 millones.
La financiación de las campañas políticas ha sido siempre algo polémico por diversas denuncias que a lo largo de la historia de las elecciones a diferentes cargos públicos han manchado la democracia colombiana. Situación por la que el Consejo Nacional electoral, teniendo como base la misma Constitución Política ha fijado lineamientos y políticas claras para su control.
La financiación de las campañas políticas tiene varios componentes, pero en la mayoría de los casos, los límites establecidos por el estado y sus mecanismos de financiación son los puntos más delicados.
La Ley 130 de 1994, expresa que “…ningún candidato a cargo de elección popular podrá invertir en la respectiva campaña suma que sobrepase la que fije el Consejo Nacional Electoral, bien sea de si propio peculio, del de su familia o de contribuciones de particulares”. Con esta orden legislativa se pretende garantizar que en los espacios políticos exista una verdadera y efectiva contienda electoral, buscando que sea la idoneidad intelectual y moral de los candidatos la que prime sobre su capacidad económica a la hora de ser elegidos.
Los montos
En el mes de enero de cada año el Consejo Nacional Electoral fija los límites a los montos de gastos de las campañas electorales de los candidatos que se inscriban para las elecciones a Gobernaciones y Alcaldías. Esta entidad tiene en cuenta para realizar estas restricciones los costos reales de las campañas, el censo electoral y la apropiación presupuestal para la financiación estatal de las mismas.
Según los ítems con los que se definen los montos, en el departamento del Huila los candidatos a los cargos públicos no podrían pasar los siguientes topes: el potencial electoral del departamento es de 747.855 personas, lo que significa que de acuerdo con lo estipulado por el Consejo Nacional electoral un candidato para la Gobernación podría gastar $1.467’306.761 en su campaña.
Para el caso de la ciudad de Neiva los aspirantes a la alcaldía no pueden superar la barrera de los $1.080’672.789 en campaña, pues el potencial electoral es de 238.445 personas.
En el municipio de Pitalito el tope será de quinientos cuarenta y un millones ochenta y siete mil novecientos cinco pesos por su porcentaje electoral de 81.905 personas. El censo electoral (49.043) de Garzón le permite a los aspirantes a llegar a la alcaldía de este municipio invertir hasta
$180’362.635; al igual que en La Plata que se encuentra dentro del mismo rango pero con un porcentaje electoral de 38.306 personas.
Para las campañas a Gobernaciones el monto debe ser:
- En los departamentos con censo electoral superior a 4’000.001 ciudadanos, la suma de $3.552’280.302.
- En los departamentos con censo electoral entre 3’000.001 y cuatro millones 4’000.000 de ciudadanos, la suma de $3.456’442.632.
- En los departamentos con censo electoral entre 1’500.001 y tres millones de ciudadanos, la suma de $3.432’385.385.
- En los departamentos con censo electoral entre 885.001 y 1’500.000 ciudadanos, la suma $1.751’791.712.
- En los departamentos con censo electoral entre seiscientos noventa mil uno y ochocientos ochenta y cinco mil ciudadanos, la suma de $1.467’306.761.
- En los departamentos con censo electoral entre 400.001 y 690.000 ciudadanos, la suma de $1.465’864.234.
- En los departamentos con censo electoral entre doscientos mil uno y cuatrocientos mil ciudadanos, la suma de $1.100’163.241.
- En los departamentos con censo electoral igual o inferior a 200.000 ciudadanos, la suma de $913’487.420.
Para las campañas a alcaldías el monto debe ser:
- En los distritos y municipios con censo electoral igual o superior a 5’000.001 de ciudadanos, la suma de $3.449’505.411.
- En los distritos y municipios con censo electoral entre un millón uno y cinco millones de ciudadanos la suma de $1.726’086.150.
- En los distritos y municipios con censo electoral comprendido entre 500.001 y un millón de ciudadanos, la suma de $1.617’936.803.
- En los distritos y municipios con censo electoral comprendido entre 250.001 y 500.000 ciudadanos, la suma de $1.221’956.853.
- En los distritos y municipios con censo electoral comprendido entre cien mil uno y doscientos cincuenta mil ciudadanos, la suma de $1.080’672.789.
- En los distritos y municipios con censo electoral comprendido entre 50.001 y 100.000 ciudadanos, la suma de $541’087.905.
- En los distritos y municipios con censo electoral comprendido entre 25.001 y 50.000 ciudadanos, la suma de $180’362.635.
- En los distritos y municipios con censo electoral igual o inferior a veinticinco mil ciudadanos, la suma de $94’690.384.
