1018 jurados de votación sorteados en el Huila
Más de un millar de personas serán jurados de votación en el departamento para las consultas de los partidos el próximo 19 de abril. Los jueces de los comicios fueron elegidos por sorteo por la Registraduría y serán asignados a 230 mesas en la región.

La Registraduría Nacional sorteó los jurados de votación que van a prestar sus servicios en 230 mesas, el próximo 19 de abril en las consultas de los partidos. En total 1018 personas fueron escogidas para el Huila que cuenta con un potencial electoral de 766.403 de hombres y mujeres habilitados para participar en este evento electoral.
“Le damos una advertencia convenida y respetuosa a la ciudadanía, a que vayan y personalmente verifiquen en las listas que se exhiben públicamente en las instalaciones de las registradurías e incluso en las alcaldías, para que verifiquen si son jurados o no, es importante que miren en la página web, pero no es suficiente, lo ideal es que verifiquen de manera directa y se eviten las sanciones”, señaló Humberto Carrillo Torres, delegado de la Registraduría Nacional en el Huila.
Carrillo expuso que la elección de los 1018 jurados se realizó vía sorteo, el proceso inicia cuando la Registraduría solicita a las empresas públicas y privadas de la jurisdicción los listados de sus funcionarios, con los que se alimenta la base de datos y se sortea, el sistema aleatoriamente designa de manera automática los presidentes, vicepresidentes y vocales de cada una de las mesas, al igual de cada uno de los suplentes y los remanentes que son las personas que están atentas para que si alguno de los anteriores no asiste se pueda posesionar y se instale la mesa.
La notificación
“Con la fijación de las listas en los lugares públicos de la Registraduría se surte la notificación, a ningún jurado le llega una notificación de que fue sorteado, por la fijación se entiende que fue notificado. Posteriormente, llega una invitación a los jurados para que vayan a las capacitaciones, comunicándoles el lugar y la hora donde se van a capacitar para que puedan cumplir eficientemente su responsabilidad de jurado de votación”, dijo Humberto Carrillo Torres.
Las personas que no vayan a estas capacitaciones y que no cumplan con el deber de jurado incurre en las sanciones que la ley establece, si es funcionario público la Registraduría enviará una comunicación a la entidad para que a través de las oficinas de control disciplinario adelante las investigaciones y finalmente si esa persona no prueba una justa causa puede llegar a darse la destitución del cargo.
“A aquellas personas que no son funcionarios públicos, que son particulares, la Registraduría inicia la investigación, respetando sus derechos fundamentales, se le da la oportunidad a la persona para demuestre la justa causa, si esto no ocurre, esa decisión y sanción queda en firme luego de interponer los recursos de ley y de inmediato se envía de parte de los registradores ese acto administrativo a la delegación departamental para que coactivamente se inicie el cobro, luego viene el embargo de los salarios, de bienes en el momento que la persona no cancele”, comentó el delegado de la Registraduría Nacional en el Huila.
La ley de los jurados
El código electoral, en el decreto 2241 de 1986 establece el procedimiento, las causales y las sanciones a que se expone la persona que es sorteada jurado y no asista a cumplir esa responsabilidad.
Carrillo Torres destacó que el decreto señala que esa es una responsabilidad muy importante, que los jurados de votación sean los jueces el día electoral, toda vez que sean ellos los que se encargan de contabilizar los votos, de diligenciar las actas correspondientes y son los actores más importantes dentro del desarrollo del proceso electoral, “es un honor, que la gente no lo ha entendido así pero es un honor tener esa responsabilidad, que la democracia y la ley le da al ciudadano”.
Los beneficios
Las personas que resulten elegidas como jurados de votación tienen el derecho a un día compensatorio, las empresas obligatoriamente deben otorgarle esa jornada compensatoria a los 30 días siguientes a la elección.
“El hecho de ser jurado le facilita poder votar en la misma mesa, no tiene que desplazarse a otro sitio y si vota también tiene otros derechos como rebajas en casos como la prestación del servicio militar, tienen prelación para accesos a subsidios, si queda empatado para efectos de acceder a un cargo público se prefiere al que haya votado, para la asignación de becas y más ventajas a quien realice esta labor”, comentó el delegado de la Registraduría Nacional en el Huila.
Esta norma establece algunas excepciones para algunas personas que no pueden ser sorteadas, las personas que tengan más de 60 años no están obligadas a hacerlo, los que tengan un familiar enfermo o haya fallecido, probando documentalmente queda exonerado y cualquier circunstancia de fuerza mayor es causal de ser eximidos de prestar este servicio.
900 huilenses sancionados
En el Huila, entre 2010 y 2014, la Registraduría reportó 900 casos de jurados que no asistieron a los comicios. Después de la Semana de Pascua si los jurados electorales sancionados no pagan sus deudas les embargarán sus bienes.
La orden no da espera. Desde hace meses se vienen adelantando un proceso coactivo contra 900 jurados que no asistieron a los comicios celebrados entre 2010 y 2014. De éstas ya han pagado 300 deudores, lo que significa $193 millones, más intereses corrientes, de una suma total de $579 millones, sin los intereses.
“Tenemos en este momento 600 procesos de jurisdicción coactiva cuyo proceso es el cobro a través de sanciones que los diferentes registradores (en los municipios) impusieron a las personas que insistieron a cumplir con sus responsabilidades de jurados en los últimos eventos comiciales”, afirmó Humberto Carrillo, delegado de la Registraduría Nacional en el Huila.