Población con discapacidad visual se les garantizará el voto en braille
La Registraduría Nacional del Estado Civil dispondrá a nivel nacional 105.000 tarjetas electorales, para que todas las personas con discapacidad visual puedan participar en las elecciones regionales para el periodo 2020-2023.

Diario del Huila, Neiva
En base en la Circular 097 de 2019 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Instituto Nacional para Ciegos-Inci elaboró las tarjetas electorales en sistema braille y macro tipo, con el fin de garantizar que la población con discapacidad visual pueda ejercer el derecho al voto de manera autónoma en estas elecciones regionales para el periodo 2020-2023.
“Hemos realizado las tarjetas para todas las corporaciones y las opciones electorales, es decir bien sea las alcaldías, gobernaciones, concejos municipales, asamblea departamentales y miembros de juntas administradoras locales”, sostuvo Carlos Parra Dussan, director general del Instituto Nacional para Ciegos-Inci.
De acuerdo con Parra Dussan, la registraduría dispondrá a nivel nacional de 105.000 tarjetas electorales para que todas las personas con discapacidad visual del país puedan participar.
En este caso, el INCI a través de su campaña #MarqueSobreElBraille busca hacer pedagogía electoral e instruir a todas las personas con discapacidad visual del país que se darán cita en las urnas, sobre como marcar correctamente en la tarjeta electoral en braille.
“Así que los invitamos desde el Instituto Nacional para Ciegos a todas las personas con discapacidad visual para que participen y tenga la tranquilidad porque se les va a garantizar su participación bien sea a través del voto en braille, en macro tipo, o si su elección es con el voto asistido con una persona”, indicó el director general del Instituto Nacional para Ciegos-Inci.
Según la Sentencia T-487 de 2003, menciona que se debe expedir y suministrar las tarjetas electorales transcritas al sistema braille a las personas con discapacidad visual, lo cual es una consecuencia necesaria en la decisión constitucional de promover los derechos fundamentales al voto y a la igualdad de manera autónoma y en secreto.
Ante esto, la Registraduría Nacional del Estado Civil expidió la Circular 097 de este año, regulando el voto para las personas con discapacidad con las siguientes características:
- Accesibilidad a los puestos de votación
En cumplimiento de lo ordenado en las circulares 028 del 28 de febrero y 078 del 25 de julio de 2019 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los Registradores del Estado Civil deberán solicitar a las Entidades Territoriales, a través de los Comités de Seguimiento Electoral, el acondicionamiento o los ajustes razonables en los puestos de votación que no cumplan con los requisitos de accesibilidad.
- Tarjetas braille en la carpeta de los Delegados de Puesto
Con el ánimo de asegurar el derecho al voto de los ciudadanos con discapacidad visual mediante las tarjetas braille, los Registradores del Estado Civil deberán introducir dichas tarjetas en la carpeta de los Delegados de Puesto para que estas estén disponibles siempre en el momento en el que un ciudadano en condición de discapacidad visual así lo solicite en el puesto de votación.
- Protocolo de traslado de tarjetas braille
En caso de ser necesario, el Delegado de Puesto, ante posibles faltantes de tarjetas electorales en braille en alguna mesa de votación, deberá, con el acompañamiento de la Mesa de Justicia, trasladar tarjetas braille de un puesto de votación aledaño, de otros puestos de votación en el mismo municipio o en su defecto, de otros puestos de votación de municipios cercanos.
- Cubículo de talla baja y cubículo adicional en los puestos de votación
La misma Circular 097 de 2019 establece que en algunos puestos de votación los Delegados de Puesto tendrán un cubículo de talla baja, que se pondrá a disposición de las personas con discapacidad que así lo requieran.
Asimismo, los puestos de votación dispondrán como medida de descongestión, de cubículos adicionales para los ciudadanos con discapacidad que requieran mayor tiempo para ejercer el derecho al voto.
- Protocolo y material audiovisual
Como medida adicional para garantizar el derecho al voto de la población con discapacidad, la Registraduría Nacional del Estado Civil en coordinación con las entidades competentes, publicarán y difundirán un protocolo de atención de personas con discapacidad en los procesos electorales, así como videos y material informativo y pedagógico sobre el proceso electoral, que cuenten con la accesibilidad necesaria dirigidos a esta población.
- Socialización de las medidas
En los Comités de Seguimiento Electoral Departamentales y Municipales y en las Mesas de Justicia del respectivo puesto de votación, se deberán socializar las medidas adoptadas en la Circular 097 de 2019.
¿Cómo podrán votar?
Asimismo, los ciudadanos con esta discapacidad, cuando se encuentren en su sitio de votación, pueden escoger la forma como van a votar, es decir, si por el Sistema braille o si utilizan la ayuda del acompañante, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 16 de la Ley 163 de 1994.
La sentencia C-353 de 1994 de la Corte Constitucional advierte que la persona con discapacidad puede pedir la ayuda de alguien, sin que se le pueda imponer que se trate necesariamente de un familiar.
Pese a que el tarjetón está en braille, la marcación tendrán que hacerla con bolígrafo, para que los jurados de votación puedan identificar su elección.
Cabe mencionar que las personas en condición de discapacidad visual, no están obligados a marcar con (x), pueden marcar cualquier signo identificable por el jurado.
También, están autorizados a entrar al sitio de votación con sus perros guías, esto lo permite la ley por tratarse de animales entrenados.
Para las personas en condición de discapacidad visual, que no manejen el sistema braille, se les debe permitir que vayan con un acompañante, pero que el voto lo emita el invidente.
Si considera que debe cambiar el tarjetón electoral, puede solicitar al jurado la reposición de este en braille o tinta.
Finalmente, no olvide reclamar su certificado electoral porque le brinda varios beneficios.