Niegan demanda de pérdida de investidura contra congresistas de izquierda
Fabio Humberto Cely presentó la demanda argumentando que los legisladores tienen conflictos de intereses para tramitar proyectos.

Consejo de Estado en el que decide no admitir la demanda de Pérdida de Investidura presentada por el señor Fabio Humberto Cely, en contra de los congresistas Iván Cepeda Castro, María José Pizarro, Gustavo Petro Urrego, Antonio Sanguino, Aida Yolanda Abella Esquivel, Feliciano Valencia Medina e Inti Raúl Asprilla Reyes, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
Según el demandante, esos congresistas tienen conflicto de intereses para tramitar un proyecto de reforma a la Policía porque militaron en organizaciones alzadas en armas o tuvieron familiares que militaban en esos grupos.
En petición Fabio Humberto Cely expone lo siguiente:
“(…) tenían un impedimento de tipo moral y un conflicto de intereses, cuando defienden el accionar de los grupos guerrilleros, ya por haber pertenecido a ellos, casos Gustavo Francisco Petro Urrego, M-19, Antonio Sanguino, ELN, ya por su que sus padres (sic) pertenecieron a dichos grupos criminales, casos Iván Cepeda Castro, FARC, María José Pizarro M-19 e Inti Raúl Asprilla Reyes, M-19, (sic) pero no sólo por sus ancestros, sino por sus actuaciones hoy día en favor de esos grupos criminales, ya por su estrecha relación con los grupos subversivos, casos Feliciano Valencia Medina FARC (sic) y Aída Yolanda Avella Esquivel, FARC, esta última congresista y presidenta de la UP brazo político del grupo armado FARC”.
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De la misma manera, se precisa en la demanda que la causal de Conflicto de Intereses se configuraría en la medida en que “(…) estos congresistas teniendo un conflicto de orden moral y conflicto de intereses no podían haber presentado un proyecto de ley para reformar la Policía Nacional, (Sic) quitarle funciones, sacarla del Ministerio de Defensa y pasarla al Ministerio del Interior, lo que supone, quitarle la operatividad que hoy tiene y la posibilidad de desmantelar laboratorios para el procesamiento de droga, perseguir y capturar o dar de baja los integrantes de los grupos subversivos, y el uso del ESMAD, el que tanto han querido desmantelar desde hace tiempo ”.
El despacho del Consejo de Estado considera que, el demandante debería indicar con precisión cuáles proyectos de Ley y de qué periodo legislativo, debieron declararse impedidos los congresistas.
El accionante tiene un plazo de 10 días para corregir la demanda, sino lo hace el caso será archivado definitivamente:
“De conformidad con lo expuesto, el Despacho inadmitirá la demanda de Pérdida de Investidura presentada por el señor Fabio Humberto Cely, en atención a lo dispuesto en el artículo 170 del CPACA, y por tanto, se le concederá el plazo de diez días para que corrija las deficiencias antes señaladas y anexe los documentos que acrediten la calidad de congresistas de los demandados, so pena de ser rechazada”: Respondió el Consejo de Estado.