Listas medidas preventivas para el festival
Con el decreto 0470 se garantizará el normal desarrollo de la programación del San Pedro en Neiva

REDACCIÓN CIUDAD
Diario del Huila, Neiva
Con el fin de que en las festividades sampedrinas se garantice una excelente seguridad y se pueda disfrutar de todas la programación acordada en el Festival, la Administración Municipal estableció las restricciones y medidas necesarias.
Es así que con el decreto 0470 se determinó que la programación de las festividades irá desde el 15 de junio hasta el 30 del mismo mes. Tiempo en el cual los ciudadanos deberán cumplir la orden expedida.
La normatividad explica en su artículo segundo que el funcionamiento de los establecimientos abiertos al público de venta y expendio de bebidas alcohólicas en la ciudad de Neiva podrá ser dentro de las 10:00 a. m. hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente. Por otra parte, en las comunas 8, 9 y 10 quedó estipulado que será con el mismo horario de inicio pero tendrán que cerrar sus ventas a las 12:00 de la noche.
Continúan vigentes las restricciones establecidas en el decreto 0164 de 2013 con el horario del tránsito de motocicletas. La cual impide la circulación desde las 11:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana.
En coordinación con la Policía Metropolitana se realizarán controles para la prohibición de venta y fabricación de artículos pirotécnicos, detonantes y similares en actos públicos programados.
No se permite el tránsito de dos jinetes en un caballo equino, así como también la utilización de perreros de ninguna especie o armas. Luego de terminado el recorrido se prohíbe la circulación en otras zonas.
Durante la temporada del 54 Festival Folclórico el sentido de los desfiles es el mismo que se ha venido realizando en años anteriores donde inicia sobre la margen del río Magdalena, en sentido sur norte, pasando por la Glorieta Madre Tierra, tomando la avenida Circunvalar, y la carrera 7W hasta llegar al puente El Tizón donde termina el recorrido.
Con forme a la Ley 1098 de 2006 del Código de la Infancia y Adolescencia se hace el llamado de atención con la prohibición de contratación y vinculación de menores de edad para el trabajo de diferentes actividades comerciales u oficios durante los desfiles, cabalgatas o actividades fuera de la zona festiva.
La utilización de palcos, graderías, casetas en la vía del festival se estipuló anticipadamente la autorización del funcionamiento de las mismas con requisitos exigidos contando con la seguridad de revisión de resistencia y la aprobación del plan de emergencias.