viernes, 12 de septiembre de 2025
Neiva/ Creado el: 2015-02-21 09:07

El negocio del cigarrillo al detal

Desde el año 2011, la venta de cigarrillos al menudeo quedó prohibida con el fin de minimizar el consumo de tabaco en el país.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | febrero 21 de 2015

El número de vendedores ambulantes que transita por las calles de la capital huilense, cada vez es mayor. Es por eso que DIARIO DEL HUILA se dio a la tarea de vender junto a ellos cada uno de los productos ofrecidos pero quizás, uno de los más apetecidos por los ciudadanos, suele ser el tabaco. Vea el reportaje gráfico aquí.

Hace más o menos 4 años, el Congreso de la República decidió poner restricciones a la venta de cigarrillos al detal en tiendas, establecimientos públicos y en general, cada uno de los expendios del producto con el artículo 3 de la Ley 1335 de 2009, que prohíbe la venta de cigarrillos al menudeo, así como los artículos 14, 15, 16 y 17 que restringen toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco.

Al hacer el recorrido, las cámaras de DIARIO DEL HUILA dejaron en evidencia a varios vendedores ambulantes que sin ningún inconveniente, venden tabaco al detal sin poner en práctica la ley nombrada anteriormente.

Cabe resaltar que quienes incumplan las disposiciones relativas a la publicidad, promoción y patrocinio y empaquetado del tabaco y sus derivados, se harán acreedores a multas pecuniarias entre los dos a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en casos reincidentes esta multa será de cuatro a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes para el caso de los comerciantes al detal y al por mayor; en los demás casos las multas ascienden de 250 hasta trescientos salarios mínimos y si hay reincidencia, la multa será de 350 a cuatrocientos salarios mínimos.

Así mismo, las personas que vendan cigarrillos a menores de edad deberán pagar multas entre 1 y 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Vea el reportaje gráfico Aquí