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Neiva/ Creado el: 2017-05-31 12:20

Control Urbano no respeto debido proceso: Camacol – Huila

La entidad se pronunció sobre el cierre provisional de obra y brinda su respaldo a la firma constructora.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | mayo 31 de 2017

Diario del Huila, Neiva

Ante la controversia desatada por parte de la Oficina de Control Urbano del municipio por el cierre provisional de una obra al oriente de la ciudad, Camacol – Huila se pronunció al respecto y fijo su posición de respaldo a la firma constructora.

La entidad que agremia al sector de la construcción en el departamento del Huila, indica que la decisión no tiene en cuenta el debido proceso y por tanto está llena de imprecisiones; lo que a su juicio representa un obstáculo al desarrollo urbanístico de la ciudad con este tipo de acciones.

Así lo dio a entender  Mónica Yarleth Carreño Polania, abogada especialista en derecho urbano y gerente (E) de Camacol - Huila.                       

“El gremio de la construcción Camacol - Huila, brinda todo su apoyo a nuestro afiliado construcciones e inversiones D&R S.A.S, por cuánto se evidencia una clara vulneración al derecho fundamental del debido proceso administrativo por parte de la inspección de Control Urbano al emitir el auto de fecha 25 mayo de 2017. Que trae como consecuencia la suspensión provisional de la obra en construcción” indicó Carreño Polania.                       

Por tanto para Camacol – Huila, es evidente que la inspección de Control Urbano vulnera el mencionado derecho y basa su argumento en tres aspectos fundamentales.

El primero de ellos, es que el auto de fecha 25 de mayo de 2017, que decreta la suspensión provisional de la obra y por tanto no determina cual es la infracción urbanística en la cual presuntamente está inmersa la obra que adelanta la firma constructora; así mismo el mencionado acto administrativo no indica el procedimiento que se va a aplicar en el marco de la presunta infracción urbanística, no da recurso de ley (reposición y apelación). Es decir no se evidencia la aplicación del artículo 135 de la ley 1801 de 2016, que se presume que es la ley vigente en estos momento en el tema de infracción urbanística; así mismo, la entidad sostiene que con la promulgación del auto de fecha 25 de mayo del presente año, no da la posibilidad de que los representantes de la constructora gocen de la presunción de inocencia, derecho amparado por la Corte Constitucional. Por cuanto antes de emitir el mencionado acto administrativo no se indagó si se contaba con licencia de construcción vigente. Pese a que la curaduría una vez aprueba las correspondientes licencias remite copia junto con sus planos a la Administración Municipal. 

Medida arbitraria

De igual forma, Camacol – Huila, sostiene que con su actuar la Inspección de Control Urbano vulnera derechos fundamentales que traen consigo una serie de perjuicios económicos, financieros y contractuales  por cuánto al sellar la obra trae consigo un retardo en la construcción que va ocasionar que no cumpla en el tiempo con la entrega del local comercial.                       

Para la entidad, hay varias falencias en la decisión adoptada porque antes de emitir el auto de suspensión provisional de obra, hubiera realizado una indagación preliminar se hubiera percatado que la obra cuenta con la licencia de construcción vigente y que se está desarrollando conforme a lo aprobado en la misma.                       

“En nombre de gremio y dando el apoyo a nuestro afiliado solicitamos de manera respetuosa a la Administración Municipal, en cabeza de Control Urbano para que se revoque el mencionado auto de fecha 25 de mayo de 2017, y por lo tanto se levante la suspensión de la obra” sostuvo Mónica Yarleth Carreño Polania, gerente (E) de Camacol - Huila.