viernes, 25 de julio de 2025
Neiva/ Creado el: 2014-07-11 06:05

Afiliados al Sisben podrán efectuar traslado de régimen de salud

Solamente quienes estén en la categoría I y II del Sisben, podrán pasar del Régimen Subsidiado al Régimen Contributivo.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | julio 11 de 2014

La Secretaría de Salud de Neiva anunció que los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud pertenecientes a los Niveles I y II del SISBEN ya pueden pasar del Régimen Subsidiado hacia el Régimen Contributivo y viceversa, sin cambiar de EPS, cuando por cambios o intermitencias en sus condiciones socioeconómicas, deban hacerlo.

Sandra Marcela Muñoz Leguízamo, secretaria de Salud Municipal, explicó que las medidas están contenidas en el Decreto 3047 de 2013, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y que fija las condiciones y reglas para la movilidad entre regímenes de salud, y que su Despacho velará para que se cumplan.

"Con esta norma, se permite que los afiliados al sistema de salud puedan cambiar de régimen con todo su núcleo familiar, sin obligación de cambiar de EPS y sin necesidad de hacer un nuevo proceso de afiliación, del contributivo al subsidiado cuando pierdan su empleo o capacidad de pago, y del subsidiado al contributivo en caso de lograr emplearse o aumentar sus ingresos", explicó la funcionaria.

Para esto, según Muñoz Leguízamo, las EPS podrán administrar, simultáneamente, afiliados de los regímenes contributivo y subsidiado, para lo cual no se requerirá doble habilitación. "Una EPS que hoy se encuentra habilitada para administrar un Régimen específico en el Neiva, con la vigencia del Decreto 3047 de 2013, automáticamente se considerará habilitada para administrar el otro régimen en el mismo municipio", aseguró.

La Secretaria de Salud enfatizó que cuando el afiliado quiera pertenecer al régimen subsidiado, en los casos en que la persona esté en el régimen contributivo y pierda capacidad de pago, el cambio de régimen se hará con base en las normas vigentes y en particular con la clasificación en niveles 1 y 2 del SISBÉN (Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales).

En tal caso, será el empleador el que informe a la EPS que el afiliado dejó de tener vinculación laboral con la empresa, para que se pueda efectuar el cambio de régimen de salud.