Millonaria condena a la Fiscalía
El Tribunal Administrativo del Huila dictó mandamiento de pago a favor de los demandantes y en contra de la Fiscalía. La entidad tiene cinco 5 días para pagar y 10 días para presentar excepciones.
El Tribunal Administrativo del Huila ordenó a la Fiscalía General de la Nación pagar la suma de $5.048’432.485.oo, a favor de 175 personas de Nataga, Tesalia y Paicol por haber ordenado capturas y detenciones masivas de 14 personas acusadas por supuestos delitos de rebelión y concierto para delinquir, según sentencia condenatoria dictada por la misma Corporación el 15 de julio de 2015.
“En sentencia calendada el 15 de julio de 2015, esta Corporación declaró patrimonialmente responsable a la Fiscalía General de la Nación por la privación injusta de los señores Luis Edinson Yuco Yuco, Angelino Leiva Leiva, Germán Basto Briñez, Adalberto Pérez Lozano (Q.E.P.D.) Jiovanny Medina Suns, Alfonso Ramos Cabrera, Elvia Maria Trujillo De Perdomo (Q.E.P.D.), Isaías Andrade Ramírez, Fortunato Noscué Palma, Alexander Velásquez Peña, Carlos Eduardo Ramírez Trujillo, Reinel Andrade Leguízamo, Eliana González Castillo y José Oliderney Daza Cerquera, condenando a pagar ciertas sumas de dinero por concepto de perjuicios morales y perjuicios materiales lucro cesante consolidado.
En audiencia de conciliación celebrada el día 22 de octubre de 2015 aprobada mediante auto del 24 de noviembre de 20153 se concilió por el 70% del valor total de la condena, excluido en los perjuicios materiales en el concepto de lucro cesante el 25% de prestaciones sociales” advierte el documento.
Más adelante, el fallo señala que “La sentencia cobró ejecutoria el día 7 de diciembre de 2015, ante la no interposición de recurso alguno.
El apoderado actor mediante petición elevada el 06 de mayo de 2016 solicitó a la Fiscalía General de la Nación el cumplimiento de la sentencia proferida por esta Corporación dentro del proceso de la referencia.
La entidad demandada informó que previa revisión de los antecedentes administrativos se verificó el cumplimiento de los requisitos previstos en los Decretos 2469 de 2015 y demás normas complementarias, por lo que procedió a asignar el respectivo turno de pago en el listado de conciliaciones, con fecha 16 de noviembre de 2016”.
El caso fue adelantado por el jurista Hugo Tovar Marroquín, quien representó a los 14 detenidos y a sus familiares.
Por tanto, el fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Huila dicta mandamiento de pago a favor de los demandantes y en contra de la Fiscalía, entidad que a partir de la notificación tendrá cinco 5 días para pagar y 10 días para presentar las respectivas excepciones.
Se hizo justicia
Entre tanto, el abogado Hugo Tovar Marroquín quien adelantó la defensa de los sindicados manifestó que “se hizo justicia en un caso en el que la Fiscalía obró en forma arbitraria y sin hacer la debida valoración de las pruebas que inicialmente se hicieron valer contra los afectados”
De igual forma, el reconocido jurista añadió que “así se demostró en el curso del proceso de reparación directa en el que actué como apoderado de todos los demandantes”.
Consideraciones
Dentro de las consideraciones que tuvo la Sala Octava de Decisión Escritural de esta Corporación, en la sentencia de condena, se expresa:
“El artículo 65, inc. 2º de la ley 270 de 1996 señala que el Estado tiene el deber de responder patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables por el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, el error judicial y la privación injusta de la libertad; a su vez el artículo 68 ibídem al referirse a la última, señala que quien haya sido privado injustamente de la libertad podrá demandar al Estado en reparación de perjuicios.
“Como ya se dijo, es evidente que la privación de la libertad de Alfonso Ramos Cabrera, Elvia María Trujillo de Perdomo(q.e.p.d.); Isaías Andrade Ramírez, German Basto Briñez, Giovanny Medina Suns, Fortunato Noscué Palma, Reinel Andrade Leguízamo, Carlos Eduardo Ramírez Trujillo, Adalberto Pérez Lozano (q.e.p.d.), Angelino Leiva Leiva, Eliana González Castillo, Alexander Velásquez Peña, José Oliderney Daza Cerquera y Edinson Yuco Yuco, configuró para ellos un verdadero daño antijurídico, no se hallaban en la obligación legal de soportarlo, causado por la actuación desplegada en parte por la Fiscalía General de la Nación, circunstancia que compromete la responsabilidad de la entidad.
“Fue la Fiscalía General de la Nación quien dio inicio a la respectiva investigación penal e impuso medida de aseguramiento de detención preventiva” advierte el tribunal.
“Así las cosas, a juicio de la Sala, los supuestos que sirvieron de fundamento a la preclusión de la investigación, hacen que la privación de la libertad encaje en la responsabilidad estatal por ser el daño antijurídico, el Estado no pudo demostrarle responsabilidad material en el delito imputado e investigado, por lo que habrá lugar a declarar la responsabilidad patrimonial de la Nación- Nación Fiscalía General de la Nación, ordenando reparar los daños causados a los demandantes”.
