La muerte del ciclista que casi queda en la impunidad
Aunque el Fiscal solicitó al juez la preclusión del proceso por homicidio, el representante de víctimas y la Procuraduría pidieron que no se cerrara el caso. El hecho ocurrió en Neiva.
El pasado 24 de noviembre de 2015, Víctor Hernando Quesada, perdió la vida al ser embestido por un furgón. Esta semana la Fiscalía buscó precluir el proceso, pero un informe técnico salvó este hecho de la impunidad.
De acuerdo con el expediente, este accidente se registró hacia las 9:30 de la mañana sobre la carrera Segunda con Avenida Circunvalar (barrio San Pedro) en Neiva. Según el relato, Quesada maniobraba una bicicleta en sentido Occidente-Oriente por la Circunvalar, y por el mismo carril, un vehículo de servicio público tipo furgón de placas BDA-653, conducido por Fernando Ávila Cortés, trató de adelantarlo pero terminó arrollándolo y causándole la muerte de manera instantánea.
Ante este hecho, los familiares del occiso demandaron al conductor del furgón, Ávila Cortés, por el delito de homicidio culpuso, pero el proceso se vio ‘empantanado’ en la desanimante teoría propuesta por la defensa del acusado, en la que se planteaba que el accidente no había sido más que un ‘choque’ del ciclista, luego de desatender la señal de pare del semáforo.
De todas formas, el caso siguió su curso en el Juzgado 3 Penal del Circuito, a donde esta semana fueron citadas las partes a audiencia de preclusión, en vista de una presunta culpa exclusiva de la víctima, es decir, del ciclista. La Fiscalía estuvo de acuerdo en esto.
El informe técnico
Sin embargo, Néstor Pérez Gasca, representante de los familiares del ciclista fallecido, mediante un programa de animación en 3D, en un peritaje realizado por expertos forenses, pudo probar que no se trató de un choque sino de un adelantamiento donde terminó arrollado a Quesada.
En la audiencia, la representante del ministerio público, Nancy Esperanza Ramírez Castro, procuradora Judicial Penal 2 de Neiva, extrañada, afirmó: “Señor Juez, debo decir que es cierto, y la señora Fiscal no hizo mención que la víctima ha entregado un elemento material probatorio distinto de estos pocos que ella mencionó, y que en estos elementos materiales probatorios, para bien o para mal, hay una hipótesis respecto de la ocurrencia de los hechos, diametralmente opuesta y con unas conclusiones a las que hoy de manera sencilla ha explicado la Fiscal”.
En la misma diligencia, Daniel Cortes, representante de las víctimas (de la firma Pérez Gasca), afirmó que “el 10 de julio de 2018 se aportó informe técnico de análisis de tránsito suscrito por Felipe Tejada, experto forense, experto en accidentología, y quedó demostrado que esa hipótesis alegada por la Fiscalía quedó descartada…”.
Ante estos argumentos, el Juez 3 Penal del Circuito con funciones de conocimiento, afirmó que el apoderado de la víctima se opuso a la preclusión, en atención a “que de acuerdo con su trabajo investigativo se obtuvo un dictamen de un experto en accidentes, el cual señaló una hipótesis opuesta a la que refirió la señora Fiscal delegada”. Luego concluyó: “considera el juzgado que hay que analizar el trabajo pericial que adujo el señor apoderado de la víctima en el cual se dan unas consideraciones diferentes… en estas condiciones considera el juzgado que no es procedente acceder a la preclusión de la investigación”.
