viernes, 20 de febrero de 2026
Judicial/ Creado el: 2015-11-26 10:17

Tribunal Administrativo les negó prestaciones sociales a dos maestras en El Agrado

En fallo de segunda instancia, las salas Segunda y Quinta del Tribunal Administrativo del Huila negaron el pago de prestaciones sociales a dos maestras que laboraron durante varios años en el municipio de El Agrado. Las docentes laboraban por orden de prestación de servicios.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | noviembre 26 de 2015

Por prescripción, la providencia negó lo exigido por dos maestras desde hacía varios años, sobre el pago de unos derechos a unas prestaciones de servicios por haber trabajado desde 1994 hasta 2002. La demanda era contra la Alcaldía de El Agrado, por haber trabajado en una de las instituciones educativas de esa municipalidad. Este caso podría tener repercusiones futuras en casos similares al aquí expuesto. De ahí su importancia en el escenario jurídico regional, han dicho expertos en relación a este caso. Ante esta decisión no hay apelación ni recurso jurídico alguno.

En el primer caso, el fallo afectó a la docente Olga Lucía Barrera Valderrama, quien fue vinculada al servicio docente mediante orden de prestación de servicios en agosto del año 94 hasta noviembre del año 2002. Según lo que se pudo establecer, la docente presentó la demanda reclamatoria de sus prestaciones sociales en el año 2011, nueve años después de su desvinculación del servicio docente, ante el Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión de Neiva. Alli, en fallo de primera instancia se ordena al municipio del Agrado el pago de las prestaciones sociales a que tuviere derecho Barrera.

Apelación y decisión

El fallo fue apelado por el asesor jurídico de la Alcaldía, abogado Guillermo Leyva Aguirre, ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila. El jurista alegó con sustentación jurídica la prescripción de la acción reclamatoria de las prestaciones sociales de la maestra. En este sentido, la Sala Segunda del Tribunal, en fallo de segunda instancia, revocó la decisión inicial debido a que la defensa logró probar que había ya prescrito el derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de la reclamante, negando de esta manera las súplicas de la demanda. Los administradores de justicia que fallaron a favor de la Alcaldía fueron los magistrados Gerardo Iván Muñoz, Roberto Mario Chávarro y José Míller Lugo.

 width=El fallo en segunda instancia negó el pago de prestaciones sociales a dos docentes en el municipio de El Agrado.

Segundo caso

La afectada con el fallo de segunda instancia del Tribunal Administrativo del Huila fue la profesora Martha Gutiérrez Ortiz, quien también laboró como docente en el municipio de El Agrado. Según la documentación expuesta, esta docente fue nombrada por orden de prestación de servicios entre el primero de marzo de 1991 hasta el 30 de noviembre de 2002.

Esta maestra, al igual que su colega, reclamó las prestaciones sociales nueve años después de la terminación del contrato, siendo favorecida en fallo de primera instancia. Sin embargo, en el fallo de segunda, el cual también fue revocado por el Tribunal, le daría la razón a los argumentos del asesor jurídico del municipio y no a las dos mujeres, tras la apelación.

El proceso de reclamación de Gutiérrez Ortiz le correspondió a la Sala Quinta del Tribunal, donde fue ponente el magistrado Roberto Mario Chávarro. En este caso, se presentó el salvamento de voto del magistrado Gerardo Iván Muñoz Hermida, quien encabeza el salvamento manifestando: “No comparto la decisión de declarar la prescripción de los derechos laborales reclamados por haberse presentado la demanda por fuera de los términos correspondientes”; y a continuación hizo una exposición jurídica de la tesis que lo llevó a tomar la decisión del salvamento de voto.