Soldados implicados en falsos positivos, no serán beneficiados por la JEP
El Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado, negó la petición del beneficio de la Jurisdicción Especial para la Paz a soldados implicados en caso de falso positivo en el municipio de Suaza Huila. La defensa de los solicitantes apelará la decisión.
En las instalaciones del Palacio de Justicia de Neiva, fue realizada la audiencia de lectura del fallo para el beneficio de la Jurisdicción Especial para la Paz a varios soldados profesionales, quienes se encuentran implicados en la ejecución extrajudicial de Ever Urquina Rojas. Los hechos ocurrieron el 15 febrero de 2008 en el municipio de Suaza.
Los ocho soldados profesionales fueron presentados ante el Juez encargado en la sala uno del Palacio de Justicia de Neiva, donde se efectuó la diligencia judicial. Son identificados como: José Yati Anancona Bueno, Oscar Mauricio Álvarez Cuellar, Humberto Javier Cerón Sánchez, Jorgé Eliecer Urbano Ortíz, Eliécer Alonso Jojoa Ruiz, Faiver Hernán Buesaquillo Quinayas, Darío Zúñiga Ruíz, Yiminson Hurtado y Jhon Kenedy Guevara Campo, integrantes del Batallón de Infantería No. 27 Magdalena, de Pitalito Huila.
Desaparición
Ever Urquina Rojas se desempeñaba como agricultor en la finca el Carmen del municipio de Acevedo, Huila. Fue visto por última vez el 17 de enero de 2008 por sus familiares, quienes tras su desaparición, mediante artículos de prensa se percataron que en esa fecha se efectuó un combate en los límites de las veredas “el Carmen” y “Chontillal”, entre las fuerzas militares y supuestos atracadores. En el enfrentamiento resultó muerta una persona sin identificación que fue enterrada como N.N. Meses después se determinó que el cuerpo correspondía a Ever Urquina, quien según reposa en el expediente; ya había sido amenazado por sus homicidas.
Reconocimiento del cadáver
El 29 de Enero de 2008 se hizo el reconocimiento oficial del cadáver de Ever Uquina Rojas, quien fue exhumado y entregado a sus familiares por orden de la Fiscalía General de la Nación. Por las pruebas recopiladas se pudo estimar que la muerte ocurrió entre las 2:30 y 8:30pm, y se estableció que sufrió heridas múltiples de proyectil a una distancia menor de 150 cm con arma de largo alcance y alta velocidad.
Implicados
En la investigación fueron condenados a 20 años de prisión el Cabo Tercero José Roldan y el Sargento Segundo William Andrés Capera. Al momento de la sentencia a los oficiales del Ejército Nacional, los demás soldados implicados no aceptaron cargos.
La realidad comprobada
Las investigaciones determinaron que lo manifestado por el Ejército no correspondía a la verdad. “En el transcurso de la investigación se logró dilucidar ciertas inconsistencias con la versión dada por los militares. Se determinó finalmente que quien causó la muerte de Urquina Rojas fue el sargento William Andrés Capera Vargas, cuando este llegó en una moto con otro soldado sin que se presentase combate alguno”, explicó el togado.
El juez finalmente informó que el hoy condenado López Cerón aceptó en interrogatorio con la Fiscalía su participación en el homicidio de Urquina Rojas. Sobre el rol jugado por José Roldan en el crimen, “esta consistió en haberlo recibido en compañía del sargento Capera, de haberse dado cuenta que este le disparó y que también lo remató. Que de igual forma, ocultó la ropa de la víctima y lanzó los papeles y la billetera del occiso al rio”, resaltó el juez especializado.
Delito de lesa humanidad
Esta “baja en combate”, como la llamarían ellos, al comprobarse las condiciones de modo y lugar, se configura entonces como una ejecución extrajudicial o ‘falso positivo’, según la Declaración Contra la Desaparición Forzada, aprobada esta por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 47/133 de 18 de diciembre 1992.
Esta es solo una de las 47 ejecuciones extrajudiciales cometida por el Batallón Magdalena, entre 2005 y 2008. Estos casos actualmente están siendo investigados por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, según Human Rights Watch en 2014.
Decisión del juez
El togado, falló en contra de la solicitud del beneficio de la JEP, pues dedujo que dicho beneficio no podía ser otorgado a los soldados implicados a causa de que la manera cómo ocurrieron los hechos no daba para un beneficio.
La defensa de los implicados, apelará dicha decisión del juzgado ante el Tribunal Superior. Se esperar una fecha para conocer la decisión que dará el togado superior.
Familiares de la víctima se siente satisfechos tras la decisión tomada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado y esperan que sea rectificada por el Tribunal Superior.
