Sentido de fallo condenatorio a presuntas hermanas proxenetas
Andrea y Maryori Díaz Burgos son señaladas de obligar a la hijastra de una de ellas, a sostener relaciones sexuales con hombre mayores, siendo ésta menor de edad. La dos mujeres podrían recibir condena en febrero del 2015.

Ayer el juez cuarto penal del circuito de Neiva emitió sentido de fallo condenatorio contra dos mujeres que son procesadas por el delito de proxenetismo con menor de edad. Se trata de Andrea y Maryori Díaz Burgos, de 32 y 38 años de edad, señaladas por la Fiscalía por los hechos que involucran a la hijastra de una de ellas, a quien al parecer obligaban a sostener relaciones sexuales con hombres mayores, a cambio de un lucro económico, siendo menor de edad.
El tan sonado caso se remonta al 18 de noviembre del 2010, cuando un agente de la Policía encontró sola dentro de un bus en la Terminal de Transportes de Neiva, a la jovencita de 15 años de edad que lloraba de manera inconsolable, lo que llamó la atención del uniformado, quien la condujo a la Policía de Infancia y Adolescencia. A partir de ahí con el acompañamiento del ICBF, la menor empezó a revelar una serie de situaciones que presuntamente vivía al lado de su madrastra.
En un proceso judicial que se aperturó en julio del 2012 contra las dos mujeres, la joven quien hoy en día cuenta con 19 años de edad, declaró en su momento ante la Fiscalía que era víctima de Maryori y Andrea, ésta última compañera sentimental de su madre. De manera detallada contó que ella y su hermana la ofrecían a hombres mucho mayores a cambio de dinero que luego se repartían. En su testimonio, la menor contó la manera en qué se daban los encuentros y cómo al menos tres sujetos la accedieron sexualmente, siendo menor de edad.
“Histriónico testimonio”
En los alegatos finales, la defensa argumentó que en las declaraciones de la presunta víctima existían muchas inconsistencias que evidenciaban que la entonces menor había inventado la historia para enlodar la relación de su madrastra con su verdadera madre, quien hace las veces de hombre en el hogar, porque no la toleraba, pese a que convivían desde que tenía 3 meses de nacida. Finalmente el juez no encontró validez en este argumento y dictó sentido de fallo condenatorio.
Sin embargo se abstuvo de dar sentencia al caso inmediatamente y citó para el próximo 19 de febrero de 2015 como próxima fecha para emitir una decisión final. La defensa por su parte busca una que a las acusadas le permitan la medida de aseguramiento domiciliario.