Prorrogan a seis meses generación de energía en El Quimbo
El Tribunal Administrativo del Huila decidió extender la prórroga a seis meses a la empresa Emgesa para la producción de energía en el cauce de El Quimbo, al determinar que los argumentos en los que se exponía que el oxígeno del agua no era indicado, fue desestimado.
El Tribunal Contencioso Administrativo del Huila levantó la medida cautelar en contra de la Central Hidroeléctrica El Quimbo, en la que se le prohibía Emgesa la generación de energía, la cual había sido negada con anterioridad por suponer un desastre ambiental.
Por su parte, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, ordenó a Emgesa con base en la seguridad procesal de los informes que ha venido adelantando, con el objetivo de verificar el comportamiento para tramitar un proyecto ante las autoridades ambientales que permita oxigenar el agua.
Contexto
La decisión de imponer la medida cautelar a Emgesa data del 5 de octubre de 2015, en la que se le ordenaba la suspensión de la generación de energía; se dio con el fin de garantizar la oxigenación del agua y por consiguiente, se le impuso a la multinacional la obligación de diseñar e instalar un sistema que garantizara la recuperación de los niveles de oxígeno en el trayecto comprendido entre el sitio de descarga, la confluencia en el río Páez y aguas abajo del campamento conocido como MGE3.
Conceptos contrarios de la ANLA y la CAM
El profesor universitario y representante legal de Asoquimbo, Míller Dussán Calderón, explicó en diálogo con DIARIO DEL HUILA, que esta decisión se da después de que uno de los magistrados convocó a los demandantes y coadyuvantes a una audiencia pública, en la que se expusieron dos conceptos diferentes.
Por una parte, la ANLA, según la directora de la entidad, Claudia Victoria González, solicitó un contra muestreo de las mediciones de agua que realiza Emgesa y que los resultados entregados por diferentes laboratorios certificados son muy similares y la calidad del agua alcanza a estar en los niveles mínimos en la salida de El Quimbo, y expone que, según la Autoridad Ambiental, en dicho contra muestreo que se realizó en septiembre de este año, la concentración de oxígeno disuelto estuvo por encima de los 4.4 mg/l, en diferentes días estuvo por encima de los 5 mg/l y el 13 de septiembre fue superior a 6 mg/l, situación que técnicamente debería considerarse favorable para la calidad del agua, en donde menciona que frente a lo informado por parte de la empresa, en cuanto al proyecto de oxigenación y su incidencia sobre el aumento de la concentración de oxígeno disuelto, no existe suficiente soporte técnico que confirme dicha afirmación lo cual es argumento justificatorio para que el Tribunal levantara la medida cautelar.
Por otro lado, el docente expresó que la CAM manifestó que de acuerdo con los datos que les reporta EMGESA, desde el mes de junio de 2016 el nivel de oxígeno fue superior a 4 mg/l, y el caudal de salida superó los 160 m3/segundo. Pero en razón a que se desconoce en qué circunstancias y de qué manera se obtuvieron las mediciones (ya que la concesionaria no ha suministrado la correspondiente información); se vieron precisados a realizar una visita sorpresiva el 5 de octubre de 2016 (con técnicos debidamente certificados para la toma de muestras, utilizando equipos debidamente calibrados) y durante 10 horas de seguimiento en el río Magdalena, hicieron diferentes tomas (desde las 3 de la mañana).
“Llama la atención que el muestreo en el punto MG1 (cerca de la presa) se realiza a una distancia no superior a 10 metros del área de oxigenación y al medio día (donde la temperatura coadyuva a incrementar el nivel); y no a 1 kilómetro aguas abajo, que es donde se tiene que tomar la muestra, porque corresponde a una coordenada oficial”, explicó Dussán Calderón.
Consideraciones
En concordancia con estos detalles, la CAM considera que datos registrados por EMGESA generan una gran incertidumbre frente a las condiciones de muestreo, se desconocen los horarios, los lugares donde se tomaron las muestras y el promedio de las cifras obtenidas.
Dussán Calderón explicó que lo que más le extraña es que no haya un estudio que determine la relación entre los resultados del monitoreo sobre calidad del agua y la recuperación de los sistemas bióticos, resaltando que lo más importante no es que se recuperen los niveles de oxígeno, sino que se garantice la vida subacuática y la subsistencia de los pescadores quienes afirman que el 98% de la pesca artesanal fue destruida. Máxime si se tiene en cuenta que se inició el proceso de descomposición del material orgánico y de la biomasa que, según expertos, se mantendrá entre 8 y 10 años.
Resolución del Tribunal
PRIMERO.- Prorrogar la suspensión de la cautela impuesta en el auto del 17 de julio de 2015, en el sentido de permitir la generación de energía en el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo durante 6 meses contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, siempre que en dicho lapso EMGESA acredite ante el ANLA y ante la CAM que el sistema de oxigenación que se instaló garantiza la recuperación de los niveles de oxígeno (con el fin obtener que el agua que emerge del embalse sea compatible con la vida).
SEGUNDO.- Con el fin de amparar los perjuicios económicos y ambientales que la operación de la hidroeléctrica pudiera causar, en armonía con lo dispuesto en la Ley 491 de 1999, se ordena a EMGESA que una vez expire la vigencia de la póliza que constituyó, se amplíe durante un año más por la suma de veinte mil millones de pesos (20.000.000.000).
TERCERO.- Requerir a EMGESA y a los piscicultores, para que en un lapso de 10 días se sirvan consignar a nombre de la Universidad de Medellín, la suma que a cada uno le corresponde para practicar la experticia que le fuera encomendada.
Reacciones de los afectados
De otro lado, los piscicultores por intermedio de su apoderado judicial, el abogado Julián David Trujillo, expresaron que no compartían la decisión del honorable magistrado toda vez que imponer una multa que asciende a los 3.200.000 millones de pesos, supone una imposición desmedida para las 17 piscícolas que pusieron la demanda.
Emgesa respondió en un comunicado que analiza el contenido de la decisión y que respeta las decisiones del tribunal; básicamente Emgesa y los pescadores tienen 10 días para consignar esta suma de dinero a la universidad de Medellín para que realicen los estudios.
