miércoles, 18 de febrero de 2026
Judicial/ Creado el: 2017-01-13 11:59

Presidente de la República sancionó Ley de Pequeñas Causas

Este viernes, Juan Manuel Santos sancionó la norma que reducirá de dos o tres años a seis meses el tiempo de juzgamiento de los delitos menores, a partir de la disminución del número de audiencias de cinco a dos.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | enero 13 de 2017

En una alocución en la Casa de Nariño, el Jefe del Estado indicó que la nueva normativa permitirá “acusar más rápido a quienes cometan delitos menores, pues ya no será un proceso de cinco audiencias sino de solo dos”.

Además a aclaró que no se les denomina delitos menores porque sean de menor importancia, sino porque su investigación es menos compleja y puso de presente que no es igual “investigar un genocidio que una calumnia”.

“Cuántas veces hemos oído que no vale la pena denunciar porque los juicios son eternos y las pruebas no son tenidas en cuenta. Hoy, al promulgar la Ley de Procedimiento Especial Abreviado, estamos dando respuesta a ese clamor de los colombianos por una justicia mejor, más eficaz y más rápida”, dijo el mandatario en su intervención.

El hurto de celulares, la injuria, las lesiones personales, la inasistencia alimentaria y la estafa, cuando esta sea menor de 150 salarios mínimos, serán algunos de los delitos que cobija la nueva ley de Pequeñas Causas. De esta forma se podrán agilizar cerca de 400 mil casos.

Así mismo, Santos se refirió a la figura del acusador privado que prevé la norma. “Se crea la posibilidad de que, en algunos casos, los ciudadanos puedan reunir pruebas, o contratar investigadores, para llevar a juicio a quienes comentan los delitos que se juzgarán por este procedimiento abreviado”, indicó.

Sin embargo no se trata de tomar la justicia por las propias manos, ni que los particulares adquieran funciones de Policía judicial, ya que las víctimas actuarán por medio de sus abogados y siempre se requerirá la autorización de la Fiscalía para que obren como acusador privado.