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Judicial/ Creado el: 2014-04-17 08:26

Control a piscinas en Semana Santa

Se realizan operativos en el Huila de control a piscinas y balnearios desplegados por unidades del Grupo de Turismo y Patrimonio de la Policía.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 17 de 2014

Los controles desplegados a sitios de turismo o balnearios con piscinas buscan garantizar la seguridad de los turistas que visitan estos establecimientos abiertos al público durante las festividades de la Semana Mayor.

Los controles en los centros recreacionales, piscinas y balnearios se han realizado en el corregimiento La Ulloa y el municipio de Rivera

Los controles son con objetivo de verificar el cumplimiento a las normas de seguridad establecidas en la Ley 1209 de 2008 (Ley General de Piscinas), dentro de las acciones de prevención que garantizaran la seguridad de los turistas.

Durante los operativos se han elaborado comparendos a los establecimientos que no cumplen con la normatividad vigente para su funcionamiento, los cuales serán objeto de sanciones por parte de las autoridades competentes.

A su vez, los funcionarios de los centros recreacionales y balnearios han sido sensibilizados respecto a la normas mínimas de seguridad para el uso de las piscinas y recomendaciones para evitar que niños, niñas y adolescentes sean utilizados en la explotación sexual comercial en el contexto de viajes y turismo.

Seguridad en piscinas:

1. No permitir el acceso a menores de doce (12) años sin la compañía de un adulto;

2. Deberá mantenerse permanentemente el agua limpia y sana, cumpliendo los requisitos higiénico-sanitarios establecidos por la respectiva autoridad sanitaria. El tratamiento de desinfección química debe cumplir las condiciones que establezca el reglamento para proteger la salud de los usuarios;

3. Tener un botiquín de primeros auxilios con material para curaciones;

4. En el área de la piscina deberán permanecer por lo menos dos (2) flotadores circulares con cuerda y un bastón con gancho;

5. Se deberá escribir en colores vistosos y en letra grande, visible con claridad para cualquier persona la profundidad máxima de la piscina;

6. Deberá haber en servicio las veinticuatro (24) horas del día en el sitio de la piscina un teléfono o citófono para llamadas de emergencia;

7. Es obligatorio implementar dispositivos de seguridad homologados, como son: barreras de protección y control de acceso a la piscina, detectores de inmersión o alarmas de agua que activen inmediatamente un sistema de alarma provisto de sirena y protección para prevenir entrampamientos.