domingo, 20 de julio de 2025
Judicial/ Creado el: 2014-03-03 08:04

Conjuez demandado por amenazas personales

Un fallo del Tribunal Superior del distrito judicial de Neiva retiró a un conjuez de un proceso relacionado con el delito de prevaricato por acción contra un abogado en Ibagué. La razón: la demanda penal que contra el jurista tiene el hermano de la defensa.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | marzo 03 de 2014

El conjuez Édgar Gerardino Rojas fue denunciado penalmente por el abogado Tarcisio Marín Ramírez en enero de 2014 por hechos que habrían ocurrido en noviembre de 2013 en el municipio de La Plata, suroccidente del Huila. Ante la Fiscalía Seccional de esta localidad es acusado por el delito de amenazas personales. De igual manera, en el Consejo Seccional de la Judicatura cursa una queja disciplinaria por presunta falta a la ética profesional.

En la querella se “indica que el 28 de noviembre de 2013, se presentó a la finca ′Las Mercedes′ ubicada en La Plata, el señor Rubén Darío Castro, quien dijo que iba de parte del doctor Édgar Gerardino Castro, el cual rompió el alambre de acceso al predio, lo amenazó de muerte y lo golpeó (a Marín Ramírez)”. De igual forma, se hace referencia a un acto en el cual el denunciante acude a la casa del conjuez por lo sucedido y al parecer respondió“maestro lo que usted tiene que hacer es irse de esa finca”. Finalmente, Tarcisio Marín Ramírez asegura que por temor a su vida dejó abandonado el inmueble.

En el oficio de fallo de recusación contra Rojas, él manifiesta que gla discusión que se originó dentro de la finca fue (c) por una autorización dada por la señora Genoveva Castro (antigua propietaria) el 17 de noviembre de 2013 para que Rubén Darío Castro permaneciera en la finca hasta nueva ordenh. No obstante, la mujer también es denunciante en la querella presentada ante la Presidencia del Tribunal Superior de Neiva, con copia a la Sala Penal y al Consejo Seccional de la Judicatura del mismo distrito. Según Marín Ramírez, el hecho constituyó una invasión de tierra, de su propiedad.

Aun cuando los acontecimientos se presentaron en el penúltimo mes del año anterior, la denuncia se realizó solo hasta el 30 de enero de 2014. “Es que el señor Rubén, que me mandaron inicialmente, es un indígena inculto, tiene antecedentes por homicidio y no iba a enfrentarme contra él. Como ya se fue de la finca ya denuncio al que estaba detrás de él (…) Yo sé que con el doctor Rojas me voy a encontrar en los juzgados en cambio con el otro era con machete o con un fusil (…) Él todavía tiene en posesión esas tierras”, aseguró. ”, señaló el abogado Tarcisio Marín Ramírez.

El proceso judicial se encuentra en la recolección de las pruebas, testimonios entre ellas, por parte del Cuerpo Técnico de Investigaciones.. “El jueves el señor hizo los descargos ante la Fiscalía y no sé qué habrádicho”, agregó.

Recusación aceptada

El conjuez Édgar Gerardino Rojas fue recusado -solicitud para apartarlo de un caso- ante el Tribunal Superior de Neiva por Jesús Antonio Marín Ramírez, defensor de un proceso por prevaricato por acción y omisión y hermano de Tarcisio Marín Ramírez. En la petición, Jesús Antonio sostuvo que era probable la parcialidad de Rojas en el pleito por la denuncia penal interpuesta por Tarcisio. Si bien, el conjuez declaró no sentir enemistad alguna con la defensa por cuanto “éste nada tiene que ver en los acontecimientos derivados a causa de la compraventa de la finca ′Las Mercedes′”, la Sala de Decisión Penal declaró que la ecuanimidad e imparcialidad sí podrían ser alteradas.

“Lo procedente es separarlo del cargo con el objeto de garantizar en forma plena los derechos de las partes e intervinientes, y no generar en ellos y la comunidad, manto alguno que afecte la transparencia y objetividad con la que debe administrarse justiciah, falló el magistrado Héctor Hugo Torres.

El predio rural en discusión fue adquirido por Tarcisio Marín Ramírez a través de escritura pública otorgada por la Notaría Única del Círculo de Tesalia, ginmueble que se encuentra actualmente en pleito jurídico por un proceso de simulación tramitado en el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de ese municipio, donde funge como apoderado de la parte demandante, el doctor Édgar Gerardino Rojash, explica el oficio de recusación.

*Un proceso de simulación permite al afectado por la simulación de un contrato o negocio, demandar ante un juez para declare la acción y por consiguiente, la inexistencia de dicho contrato, es este caso compraventa, y la propiedad vuelva al dueño original.