Confirman condenas a responsables de atentado en oriente de Neiva
Carlos Eduardo Ipuz y Benito Medina Díaz fueron condenados a 20 y 17 años (250 y 215 meses) de prisión, respectivamente, por ser los responsables de lanzar un artefacto explosivo en octubre de 2010 a un establecimiento comercial en el barrio Antonio Nariño de la Comuna 10 de la capital del Huila.
En segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva envió a prisión a Carlos Eduardo Ipuz Castro, alias Cholo, y a Benito Medina Díaz, por encontrarlos penalmente responsables del atentado perpetrado el 25 de octubre de 2010 contra la agencia de chance PagaYa del barrio Antonio Nariño de la Comuna 10, oriente alto de la capital huilense. Con la decisión, solo fue ínfimamente beneficiado Benito Medina, pues el juez de primera instancia lo condenó inicialmente a 22 años (265 meses) de cárcel, pero el magistrado de segunda le otorgó una reducción de dos años.
Para la investigación judicial que dio lugar a la respectiva condena, el testimonio de Germán Andrés Murcia, alias Mono o Juanchito, fue clave para conocer la verdad. Germán Andrés era uno de los integrantes de la banda que orquestó este y otros atentados en Neiva, junto con alias Cholo. Según el sujeto, Benito Medina los había contratado a él y a Carlos Eduardo Ipuz Castro para que lanzaran el artefacto explosivo contra la agencia de chance de la carrera 52 No. 24-29 del barrio Antonio Nariño.
Cholo y Mono, los de ‘la vuelta’
En este hecho, las autoridades lograron establecer que Germán Andrés Murcia fue quien piloteó la motocicleta, facilitada por alias Benito para realizar el atentado; Ipuz Castro se movilizó aquel 25 de octubre de parrillero y fue el encargado de lanzar el artefacto explosivo. “Ese atentado fue en horas de la tarde. Nosotros salimos de la casa de Cholo y llegamos a la casa mía. Yo me puse ese día unas bermudas y de ahí nos fuimos. Fuimos a dar una vuelta, regresamos otra vez y recogimos el artefacto explosivo de la casa de Cholo”, relató.
La prendió con un ‘bareto’
También lograron las autoridades determinar, y así lo reveló alias Mono o Juanchito, que el artefacto explosivo fue diseñado en el municipio de Planadas (Tolima) y traído en un bus escalera entre cultivos de plátanos y marcado con las iniciales JM para evitar ser detectado. Posteriormente, el explosivo fue entregado desarmado a alias Cholo y este lo armaría para ser lanzado. “Llegamos al lugar que nos habían dicho y recuerdo que Cholo lo prendió con un ‘bareto’ y lo lanzó contra el chance PagaYa y ahí fue donde explotó”, resaltó Germán Andrés.
Luego de eso, los dos sujetos huyeron hacia sus lugares de residencia. “De ahí huimos para el asentamiento Uribe Vélez, yo lo dejé a él ahí en la entrada y luego cogí para el barrio Las Camelias a encaletar la moto. Luego cogimos toda la principal de la carrera 52, buscando la entrada del asentamiento Uribe Vélez. Yo dejé a Cholo en la entrada para que cogiera para la casa y yo me fui para Las Camelias a guardar la moto”, recordó el testigo.
“La que no estallaba no la pagaba”
Según el testimonio de Germán Andrés, Benito habría tenido contacto con milicianos de la columna móvil Manuelita Sáenz de las FARC para los atentados. “Él se lo pasaba por Santa Rita, cerca al Tolima. Lo sé porque cuando hubo lo del atentado en la glorieta de Santa Isabel, él [alias Benito] estaba asustado, y a mí me hizo subir a Planadas a planear la cosa, frente a una cancha en una finquita que es como de dos pisos. Ellos subieron y luego de la reunión nos dijeron que la bomba que no estallara no la pagaba”, relató Murcia en su declaración juramentada.
Novedad en la decisión
Por estos hechos fueron declarados responsables de esos actos. El Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado, al que le correspondió la primera instancia, condenó inicialmente a Benito Medina Díaz a 22 años (265 meses) de cárcel con el argumento de que el sujeto era reincidente en esta conducta. En abril de 2006, alias Benito había ya cumplido una condena por la misma conducta, pero el magistrado de segunda le otorgó 20 años y ocho meses de cárcel, pues este hecho pasado no se puede considerar antecedente, pues Medina Díaz ya había cumplido con esta condena.
