Huilenses sacaron del Congreso a Robledo y a Mockus
El magistrado huilense Alberto Yepes Barreiro, perteneciente a la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, fue quien elaboró la sentencia que sacó del Congreso de la República a Antanas Mockus. Ayer, al abogado garzoneño, Juan Carlos Calderón, el mismo alto tribunal le dio la razón en su demanda por doble militancia contra la representante a la Cámara, Ángela María Robledo.

Dos abogados del Huila, desde orillas distintas, hicieron noticia en estas últimas tres semanas por cuenta de decisiones judiciales que sacaron del Congreso de la República al senador por el Partido Verde, Antanas Mockus, y a la representante a la Cámara, Ángela María Robledo Gómez.
El jueves 11 de abril el país se sorprendió al conocer la votación de la Sección Quinta del Consejo de Estado que canceló la credencial de Aurelijus Rutenis Antanas Mockus Sivickas como senador de la República.
Fueron dos votos a favor (los magistrados Carlos Enrique Moreno Rubio, presidente de la Sala, y Alberto Yepes Barreiro), un voto con aclaración (el de la magistrada Rocío Araújo Oñate) y un salvamento de voto (Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez).
El magistrado ponente fue el abogado huilense, Alberto Yepes Barreiro, quien en la conclusión del fallo expresó: “Conforme a las consideraciones expuestas y atendiendo a que todos los elementos de la inhabilidad de celebración de contratos se encuentran acreditados, la Sala encuentra que el acto acusado en lo que respecta a la elección del señor Aurelijus Rutenis Antanas Mockus Sivickas se encuentra viciado de nulidad, según lo contemplado en el numeral 5º del artículo 275 del CPACA, y así lo declarará en la parte resolutiva de esta providencia”.
La demanda contra Mockus fue interpuesta porque siendo representante legal de Corpovisionarios firmó contratos con entidades del Estado seis meses antes de su elección como congresista.
El caso Robledo
Por otra parte, Juan Carlos Calderón España, presidente de la Veeduría Nacional Recursos Sagrados, fue el abogado que interpuso la demanda por doble militancia en contra de la representante a la Cámara, Ángela María Robledo.
Según el portal Las 2 Orillas, en octubre de 2018 el abogado garzoneño instauró la demanda contra Robledo, quien fue representante en el periodo pasado con el Partido Verde. “Calderón España es uno de los veedores más reconocidos del país, y fue uno de los que le puso el ojo al carrusel de la contratación”.
“Muy bien por el Consejo de Estado porque aplicó la ley. La Ley Estatutaria 1475 de 2011 en su artículo segundo prohíbe todas estas prácticas y ha manifestado que la persona que ostente una curul y quiera renunciar y lanzarse por otro partido debe renunciar 12 meses antes de la inscripción. Se hace jurisprudencia y el Consejo de Estado sigue con la línea jurisprudencial”, sostuvo el huilense Juan Carlos Calderón después de conocerse el fallo del Consejo de Estado.
Con una votación de tres contra uno, los magistrados del Consejo de Estado aprobaron la ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno, quien recibió la demanda por reparto. Aunque Robledo había argumentado que ella se inscribió como ciudadana para ser vicepresidente y no para ser congresista, pero obtuvo una curul por el Estatuto de Oposición, para el Consejo de Estado no fue razón suficiente. La curul de Robledo no será reemplazada por la misma razón que da el estatuto.