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Contexto/ Creado el: 2020-06-18 03:32 - Última actualización: 2020-06-18 03:32

Fútbol colombiano ad-portas de los entrenamientos individuales

El anunció lo hizo el lunes en la noche el mismo ministro del deporte Ernesto Lucena fue una grata noticia para los futbolistas profesionales, así mismo se anunció que los deportistas aficionados y élites pueden reactivar prácticas individuales. Futbolistas esperan indicaciones de los clubes.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | junio 18 de 2020

Por: Isauro Quintero Barrera

Ayer fue entregado a la Federación Colombiana de Fútbol la resolución con los respectivos protocolos y medidas de bioseguridad que deben seguir los clubes y sus integrantes y que expedirá el Ministerio de Salud en el reinicio de las actividades en el fútbol profesional colombiano que son por ahora estrictamente individuales.

Esta apertura a la fase uno como se venía planeando está supeditada también a cómo avanza la curva epidemiológica del coronavirus en el país, para luego revisar el regreso de la competencia que está planteado para el mes de agosto de 2020 a puerta cerrada. Diario del Huila se comunicó con varios de los futbolistas profesionales que manifestaron que aún no han sido notificados para los exámenes respectivos y que esperan con ansias el regreso al campo paulatinamente.

“No solo el deporte de alto rendimiento puede iniciar sus prácticas individuales, sino que también el deporte aficionado. Ha sido un trabajo a conciencia y con mucha ciencia como soporte. Podemos decirle a Colombia con toda tranquilidad que después de analizar los protocolos por parte del Ministro de Salud tendremos el inicio de las actividades” destacó Lucena.

Ernesto Lucena ministro del Deporte brindó grata noticia para el fútbol profesional.


Deporte aficionado vuelve a entrenar, individualmente

Según el Decreto 847 ahora se abre la puerta no solo al deporte de alto rendimiento sino también aficionado para realizar prácticas individuales y deben estar sujetos a protocolos que establece el Ministerio de Salud. Así mismo el tema de la habilitación de piscinas será únicamente para entrenamiento individual de deportistas de alto rendimiento y profesionales, “trabajaremos con todos los alcaldes de los municipios del país para coordinar las actividades deportivas individuales y así recuperar la vida de los colombianos, pero priorizando la protección de su salud” dijo el ministro del deporte.


En el artículo 1. Modificación. Modifíquese el numeral 35 del artículo 3 del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, expresa: “35. De acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales, y en todo caso con sujeción a los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan, se permitirá:

El desarrollo de actividades físicas, de ejercicio al aire libre y la práctica deportiva de manera individual de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos (2) horas diarias.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de 6 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre dos (2) y cinco (5) años, tres (3) veces a la semana, media hora al día.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día".

En el decreto también expresa que en ningún caso se podrán habilitar: La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.