Exmiembros Farc a compadecer por reclutamiento y utilización de niñas y niños en conflicto armado
Inicialmente se llamará a versión a aquellos exguerrilleros que pertenecieron al Estado Mayor Central o al Secretariado entre 1978 y 2007, periodo en el que se tomaron decisiones u ocurrieron acontecimientos relevantes relacionados con el reclutamiento y demás.
La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP citó, entre el 9 de diciembre de 2019 y el 30 de enero de 2020, a 14 miembros de la antigua guerrilla de las FARC-EP a rendir su versión dentro del caso 07, “Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado».
Los vinculados deberán rendir versión en Bogotá con el objetivo de que la Sala acopie información relacionada con las políticas de reclutamiento, regulación de los derechos sexuales y reproductivos y otras afectaciones a los derechos humanos de las que fueron víctimas niñas y niños reclutados por la antigua guerrilla, y por hechos concretos dentro de la competencia material de la Sala de Reconocimiento en este caso.
Los temas que la Sala abordará en esta primera ronda de versiones serán:
-Las decisiones que orientaron la política de reclutamiento y medidas que se adoptaron, en todo el país, para su desarrollo (en particular en relación con niñas y niños).
-Las reglas generales a través de las cuales se promovía, toleraba o permitía la comisión, en contra de las niñas y niños reclutados, de otros delitos asociados, tales como asesinato a consecuencia de consejos de guerra, contracepción y abortos forzados, y tratos crueles, inhumanas o degradantes
-Quiénes tomaban las decisiones en materia de reclutamiento y de las orientaciones estratégicas en las FARC-EP.
-El conocimiento y control que pudieran haber tenido los miembros del Estado Mayor Central y del Secretariado de las FARC-EP en el reclutamiento de niñas y niños en los periodos de mayor concentración del fenómeno.
-Mecanismos de control que los mandos tenían o podían implementar frente al reclutamiento, castigos y violencia sexual, y los canales de transmisión de las órdenes a los distintos frentes y bloques.
-A partir del caso particular de la conformación y recorrido de la Columna Móvil ‘Arturo Ruiz’ de las Farc se buscará indagar por la relación entre el reclutamiento de niñas y niños y las políticas de crecimiento de la organización, de desdoblamiento y creación de nuevos frentes, aporte de personal a distintas unidades armadas, y el conocimiento que pudieran haber tenido los miembros del Secretariado y el Estado Mayor Central sobre estos hechos.
Inicialmente se llamará a versión a aquellos exguerrilleros que pertenecieron al Estado Mayor Central o al Secretariado entre 1978 y 2007, periodo en el que se tomaron decisiones u ocurrieron acontecimientos relevantes relacionados con el reclutamiento y las regulaciones asociadas a violencia sexual y otras conductas o delitos derivados del ejercicio de la disciplina militar como tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, fusilamientos y desaparición forzada. También se llamará a versión a los miembros del Estado Mayor Central que han tenido investigaciones penales por este delito, y a aquellos comparecientes que participaron directamente en la conformación y entrada en funcionamiento de la Columna Móvil Arturo Ruiz.
A las víctimas se les comunicará el auto y deberán informar a la Sala acerca de su intención de asistir o delegar a sus apoderados para participar en las diligencias.
