En Huila, anulan más de 21 mil inscripción de cédulas
Así lo reveló el más reciente informe del Consejo Nacional Electoral para las elecciones territoriales 2019. El documento también indica que más de 1300 cédulas del partido Farc fueron habilitadas luego del proceso de verificación y cruce de datos.

El último informe sobre trashumancia en Colombia indica que el Consejo Nacional Electoral dejó sin efecto la inscripción de 1.065.741 cédulas de ciudadanía en todo el país, de las cuales 21.201 fueron en Huila.
Esto quiere decir que en el caso del Huila donde el censo electoral estaba en 843.454 personas, se vio afectado un 2,51%. Cabe anotar que el departamento no figura en el top 10 del trasteo de votos en el país; como tampoco, ninguno de sus municipios en el ranking de los 20 con mayor índice de este delito a nivel nacional.
De otro lado, entre los departamentos con mayor porcentaje y que figuran con alerta roja está el Chocó con el 7,35%, este el porcentaje más alto en trashumancia a nivel país; allí el censo electoral estaba en 323.430 personas, pero 23.772 inscripciones fueron dejadas sin efecto.
Asimismo, le siguen Vichada con un 6,73%; Atlántico 6,60%; La Guajira 5,77%; Santander 5,50%; Cundinamarca 5,19%; Norte de Santander 4,93%; Vaupés 4,86%; Cesar 4,36%; y Magdalena, en el décimo lugar, con un 4,18%.
Y entre los municipios con mayor trasteo de votos se destacan: La Jagua del Pilar en La Guajira, donde 2.174 inscripciones fueron anuladas, con un censo electoral de 3.277, para un porcentaje del 66,34%.
También figuran municipios como Ricaurte, Cundinamarca, con 5.094 inscripciones sin efecto, quedando un censo electoral de 12.161, que equivale al 41,89%; y en El Carmen del Darién, Chocó se dejaron sin efecto 2.243 cédulas de ciudadanía quedando un censo electoral de 6.314, para un porcentaje del 35,52%.
Le siguen en su orden los municipios de: Nariño (Nariño), Atrato (Chocó), Cabuyaro (Meta), Puerto Colombia (Atlántico), El Molino (La Guajira), Montecristo (Bolívar), Puerto Nare (Antioquia) y Morichal (Vaupés).
Lo anterior, fue fruto del estudio de las recientes alertas e informes que han emitido entidades como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y organizaciones no gubernamentales como la Misión de Observación Electoral (MOE).
Las investigaciones adelantadas y los resultados presentados son consecuencia de la confrontación detallada entre la información que entregó la Registraduría Nacional del Estado Civil en materia de inscripciones de cédulas de ciudadanía, y diferentes bases de datos entre las que se encuentra ADRES, SISBEN, entre otras.
Estos procedimientos también se consolidaron con información probatoria recolectada en alrededor de 43.000 visitas que realizaron comisiones instructoras del CNE para verificar la dirección reportada en el trámite de inscripción por cambio de puesto de votación.
En el Huila, habrá 222 puestos de votación y 2.453 mesas disponibles para el próximo 27 de octubre.
A tener en cuenta
El Consejo Nacional Electoral, también recordó a la ciudadanía que la competencia asignada para dejar sin efecto la inscripción de cédulas de ciudadanía por participación indebida en las elecciones de autoridades territoriales y locales, podrá ser objeto de recurso de reposición mediante el aporte de pruebas que sustenten su residencia electoral. La información sobre la documentación que se debe presentar podrá ser consultada en la página del CNE.
“Esperamos que los ciudadanos que están incursos en la declaración de trashumancia puedan ejercer oportunamente sus derechos de contradicción y defensa frente a la decisión tomada. Lo anterior podrá hacerse mediante la presentación de un recurso de reposición que les permitirá en cada caso probar su residencia electoral, y ejercer su derecho al voto en el lugar que les corresponde con fundamento en la ley”.
Y finalmente también invitó a toda la ciudadanía a continuar denunciando las irregularidades y delitos electorales.
Consecuencias
Es importante recordar que omitir el ejercicio del derecho a la defensa en el procedimiento adelantado por el Consejo Nacional Electoral tiene consecuencias jurídicas: el declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía en el lugar del cual fue excluida durante el mismo proceso electoral; tampoco podrá ejercer como jurado de votación en la entidad territorial. Simplemente podrá hacerlo en el lugar de residencia electoral que verdaderamente le corresponda.
La declaración que deja sin efectos la inscripción de cédulas puede llegar a ser sustento y objeto de investigación penal por parte de la Fiscalía General 4 de la Nación, bajo el delito denominado “Fraude en inscripción de cédulas” (artículo 389 del Código Penal, modificado por la ley 1864 de 2017).
Si tiene dudas sobre el estado actual de su inscripción, podrá consultar en las sedes de la Registraduría Nacional del Estado Civil o a través de la página web del Consejo Nacional Electoral.
Verificación
El Consejo Nacional Electoral y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, durante varias semanas, verificaron las cédulas inscritas por quienes habitan o habitaron en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización y los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación, que habían sido declaradas en posible trashumancia por irregularidades.
Tras el cruce de bases de datos, la sala en pleno ordenó reincorporar al censo electoral y habilitar la inscripción de 1.318 cédulas de ciudadanía de los hoy integrantes del Partido FARC.