El teletrabajo, una opción rentable para las empresas
En el departamento del Huila, hay 10 empresas que han optado por implementar el teletrabajo. Esta modalidad ha tenido un incremento en Colombia entre el 2012 y el 2018.

Diario del Huila, Neiva
El teletrabajo es una modalidad laboral que ha tenido un crecimiento significativo. En el 2012, había 31.000 teletrabajadores y para el 2018, registró 122.272, lo que quiere decir que las organizaciones están acercando y valorando los beneficios que se están implementando para esta iniciativa.
“El teletrabajo es una forma organizacional, que en el caso colombiano está regido por la Ley 1221 del 2008 y el Decreto Reglamentario el 884 del 2012. Es una modalidad laboral en la cual implica que las personas puedan trabajar en un sitio remoto a las oficinas y lo hagan a través de medios de tecnología de la información y las comunicaciones; la ley también define tres modalidades: el autónomo, el suplementario y el móvil”, sostuvo Andrés Méndez, asesor del Ministerio de las TIC.
Por ende, el teletrabajo tiene unos retos y es incrementar el número de trabajadores y las organizaciones que adopten esta modalidad, “porque son finalmente las empresas las que dan los trabajos y la meta del gobierno actual es tener en el año 2022 alrededor de 360.000 teletrabajadores”, aseveró Andrés Méndez.
En el Huila
En el departamento del Huila, el Ministerio del Trabajo y de las TIC, están promoviendo el pacto por el teletrabajo, en el cual se han vinculado a esta iniciativa 10 empresas.
De acuerdo con Leonardo Céspedes, especialista en la dirección de Derechos Fundamentales del Ministerio del Trabajo, el teletrabajo cambia ese paradigma y le lleva el trabajo a su casa con todas las garantías laborales y deberes, “no porque usted se volvió teletrabajador le van a bajar el sueldo y le van aumentar la carga de trabajo, usted tiene el mismo sueldo y la misma carga de trabajo, pero está trabajando en su casa”.
Para esta modalidad de trabajo se necesitan unas condiciones adecuadas, pero ¿quién tiene que poner los implementos para ejercer el teletrabajo? “La legislación permite que las personas en el sector privado hagan acuerdos de trabajos y entonces hay empresarios que dicen yo les voy a suministrar el escritorio, el computador o les doy algunas subvención para los servicios público”, afirmó Céspedes.
Los teletrabajadores gozan de los mismos derechos de cualquier trabajador de la empresa, principalmente en cuanto a seguridad social, remuneración, entre otros. Sin embargo, a los teletrabajadores no les son aplicables las disposiciones sobre jornada de trabajo, horas extras y trabajo nocturno, salvo si es posible verificar el cumplimiento de la jornada laboral, caso en el cual deberá reconocerse el trabajo suplementario.
Si bien la normatividad existente establece que el empleador debe proveer los equipos para el desarrollo de la función y asumir gastos en que incurra el teletrabajador, aún existen muchas inquietudes por parte de los empresarios a la hora de pactar esta modalidad con sus trabajadores. Por ejemplo: ¿cómo distribuir los costos de los servicios públicos entre la empresa y el trabajador?; la medición de la productividad, entre otros.
Beneficios
Los beneficios del teletrabajo son múltiples y van orientados tanto a las organizaciones como a los empleados, aumenta la productividad y reduce los costos fijos, mejora la calidad de vida de los trabajadores e incentiva el trabajo en equipo, promueve la inclusión social, aporta al mejoramiento de la movilidad en las ciudades, reduce los índices de contaminación e impulsa el uso y apropiación de las nuevas tecnologías, entre otros factores.
“Como podemos ver el abanico es bastante grande. La invitación para que más empresas del Huila, tanto públicos como privadas, empiecen a conocer nuestra iniciativa, los trabajadores se acerquen, entiendan de qué se trata, rompamos mitos alrededor del teletrabajo, podemos ver que es algo muy posible y empezar aprovechar todas las oportunidades de la cuarta revolución industrial y la transformación digital que no es un tema del futuro, sino que es un tema de demanda que nos adaptemos a los nuevos modelos y a las nuevas lógicas”, manifestó Méndez.
La Ley 1221 de 2008 tiene por objeto promover y regular el trabajo como instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones-TIC-.
Frente a las garantías laborales de esta modalidad de trabajo, “la ley tiene tres principios básicos que es de voluntariedad, reversible y de igualdad en derechos y deberes”, mantuvo Méndez. .
Las empresas todavía tienen miedo de implementar el teletrabajo en sus organizaciones, y según los estudios, tienen serios mitos sobre la implementación de esta modalidad. “Estos mitos están implementados en desinformación, entonces tenemos por ejemplo, que las empresas nos dicen que no lo necesitan, y realmente en el mundo laboral actual es muy necesario, hay que enmarcar un tema de responsabilidad social con los empleados y con el medio ambiente, porque ayuda a descontaminar mucho más las ciudades, hacer la modalidad mucho más amable y traer talento humano”, indicó el asesor del Ministerio de las TIC.
Pie de foto
Los beneficios del teletrabajo son múltiples y van orientados tanto a las organizaciones como a los empleados, aumenta la productividad y reduce los costos fijos.
En el departamento del Huila, el Ministerio del Trabajo y de las TIC, están promoviendo el pacto por el teletrabajo, en el cual se han vinculado a esta iniciativa 10 empresas.