sábado, 13 de septiembre de 2025
Economía/ Creado el: 2015-08-03 08:56

Superindustria vulneró debido proceso a Organización Roa Florhuila: Procuraduría

En un documento conocido por el DIARIO DEL HUILA la Procuraduría General de la Nación solicita a la Superintendencia de Industria y Comercio tener en cuenta los argumentos que la Organización Roa Florhuila presentó en su recurso de reposición y que, en su momento, no fueron tenidos en cuenta por la entidad por un supuesto vencimiento de dicha presentación.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | agosto 03 de 2015

En oficio 2336 del pasado 13 de julio la Procuraduría General de la Nación determinó que la Superintendencia de Industria y Comercio “vulneró las garantías y derechos fundamentales al derecho de defensa y el debido proceso de la sociedad investigada” (Organización Roa Florhuila). La determinación se refiere a la investigación que decidió que la compañía debía pagar 33.800 millones de pesos por haber influenciado en los precios y que fueron cancelados el 15 de julio a través de un crédito con la banca privada.

De acuerdo con el documento, la entidad debe revisar el proceso y “unificar criterios con relación a las reglas del procedimiento fijadas” en la investigación dado que usó dos tipos de proceso (Código de Proceso Administrativo -CPACA- y Código Contencioso Administrativo) y ello impidió que el recurso de reposición interpuesto por Roa Florhuila fuera tenido en cuenta para la defensa bajo el argumento de haber sido entregado a destiempo.

Así las cosas, la Superindustria tendrá que evaluar la defensa de la sociedad presentada en dicho recurso que para el Ministerio Público fue presentado “de manera íntegra” dentro del término legal el 29 de abril de 2015, quince días después de la sentencia que impuso la millonaria sanción.

La resolución de la Procuradora delegada para el caso dice que esto se hace “con el fin de garantizar los derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia, a la igualdad, al derecho a la defensa y al debido proceso de los investigados”.

“La justicia divina”

La decisión fue celebrada por Hernando Rodríguez, representante legal, expresando que “la justicia divina existe”. En declaraciones anteriores el empresario sostuvo que la institución de supervisión había sido arbitraria y que incluso quería causarles perjuicios. Además, aun cuando la Organización Roa Florhuila pagó la multa fue para evitar el embargo, esperan que el dinero sea reembolsado además de la reposición de los intereses del crédito que tuvieron que adquirir y los honorarios de los abogados que están trabajando para comprobar su transparencia.

La Superintendencia de Industria y Comercio ha afirmado que la organización sancionada ejerció actos de influenciación hacia varios de sus clientes dirigidos a que estos desistieran de su intención de ofrecer arroz blanco por debajo de los precios establecidos por Molinos Roa y Molinos Florhuila. Esto, afirman, está ‘plenamente acreditado’ y que hay pruebas de “retaliaciones y sanciones impuestas a los distribuidores si no cumplían con los compromisos pactados”.

 

La historia de la sanción

28 de septiembre  de 2012: Superintendencia de Industria y Comercio emite la resolución de inicio de investigación administrativa en contra de la Organización Roa Florhuila por conductas sistemas tendientes a limitar la libre competencia y a mantener o determinar precios inequitativos.

14 de abril de 2015: una nueva resolución impuso sanción pecuniaria en contra de la Organización Roa Florhuila y a Hernando Rodríguez Rodríguez, representante legal; Pablo Julio Gutiérrez Uribe, gerente nacional de Ventas de Florhuila; Édgar Gaviria Herrera, gerente nacional de ventas de Roa; y Javier Quiza Tomich, administrador de Ventas de las sociedades Roa y Florhuila.

29 de mayo de 2015: Organización Roa Florhuila presentó solicitud de adición y aclaración contra la resolución de la SIC que negó el recurso de reposición.

10 de junio de 2015: la SIC declaró improcedente el recurso de la compañía investigada “por considerar agotada la vía gubernativa”.

19 de junio de 2015: los investigados interpusieron recurso de reposición contra la resolución de sanción pecuniaria solicitando su revocación y solicitando el archivo de la investigación.

22 de junio de 2015: la Superindustria rechazó por extemporáneo el recurso de reposición.

13 de julio de 2015: la Procuraduría General de la Nación emitió un oficio solicitando la revisión de los procedimientos que violaron el debido proceso y la defensa de la Organización Roa Florhuila.

15 de julio de 2015: Organización Roa Florhuila pagó -accediendo a un crédito- la multa de la Superintendencia de Industria y Comercio pero no agota los recursos jurídicos para recuperar el dinero y demostrar su inocencia en el caso.