sábado, 13 de septiembre de 2025
Economía/ Creado el: 2015-08-05 08:42

Superindustria respondió a oficio de Procuraduría sobre Roa Florhuila

La semana anterior se publicó el documento de la Procuraduría General de la Nación.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | agosto 05 de 2015

El superintendente de Industria y Comercio respondió el oficio radicado por la Procuraduría general de la Nación en el que determina que esta entidad supervisora vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa a la Organización Roa Florhuila en la sanción de 33.800 millones de pesos interpuesta el pasado 14 de abril de 2015. Pablo Felipe Robledo del Castillo le escribió a la Procuradora Delegada de Asuntos Civiles en una carta radicada el 31 de julio del mismo año.

"Su comunicación- relacionada con la investigación contra la Organización Roa Florhuila será analizada y evaluada, de acuerdo con la normatividad vigente y aplicable", expresó. Por su parte, Hernando Rodríguez, representante legal de la compañía admite que el proceso en el que espera demostrar la transparencia de la marca es largo "pero la Procuraduría es muy neutral y conocedora de las normas jurídicas.

Cabe recordar que el DIARIO DEL HUILA conoció y publicó la semana anterior el documento del Ministerio Público en el que se solicita a la SIC revisar los argumentos de defensa de Roa Florhuila después de que estos fueron invalidados por una presunta entrega a destiempo de los mismos en el recurso de reposición una vez interpuesta la millonaria multa. Aun cuando esta firma continúa insistiendo en su inocencia sobre la influenciación de precios que altera la libre competencia, pagó los casi $34.000 millones para evitar un embargo.

La sanción

El 14 de abril de 2015 el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, mediante Resolución 16562 de la misma fecha, sancionó a la Organización Roa Florhuila S. A., Aníbal Roa Villamil, Hernando Rodríguez Rodríguez, Édgar Gaviria Herrera y Pablo Julio Gutiérrez Uribe, “por violaciones al régimen de protección de la libre competencia al haber influenciado a otros agentes del mercado en los canales de distribución y comercialización los precios de venta de arroz blanco al consumidor final, en contravención de las normas legales actos anticompetitivos los relativos a influenciar a una empresa para que incremente los precios de sus productos o para que desista de su intención de rebajar los precios”.