viernes, 13 de febrero de 2026
Economía/ Creado el: 2015-02-09 04:47

Más de 9200 comerciantes afectados por El Quimbo buscan indemnización

DIARIO DEL HUILA dialogó en exclusiva con el abogado Julián David Trujillo Medina, quien en este momento lleva los dos procesos más trascendentales contra la multinacional Emgesa por la construcción del proyecto hidroeléctrico El Quimbo. Recientemente logró la suspensión del llenado del embalse.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | febrero 09 de 2015

También tiene a su cargo una acción de grupo que abarcaba inicialmente a unos 400 comerciantes que se vieron afectados por el cierre del puente Paso del Colegio durante 18 meses en donde, dicen, Emgesa tuvo responsabilidad. Ahora son más de 9000 los que se unieron a la demanda.

 

Cuando DIARIO DEL HUILA publicó en exclusiva la acción de grupo contra Emgesa por los 18 meses que duró cerrado el puente Paso del Colegio eran unos 400 comerciantes los afectados, ¿cómo pasaron a más de 9000?

Esta es una acción de grupo eminentemente indemnizatoria. Aquí lo que se está reclamando son los sobrecostos que tuvieron los cinco municipios del suroccidente del Huila, que son Paicol, Tesalia, Nátaga, La Plata y La Argentina, por los 18 meses que duró cerrado el puente Paso del Colegio.

En este momento a esa demanda se han vinculado alrededor de 9200 personas, soy el apoderado del 10 por ciento del censo poblacional de esos municipios y estamos a la espera que el alto tribunal ingrese todos estos poderes y se manifieste sobre un conflicto negativo de competencia que ha suscitado.

 

¿Cuál es el estado actual de esta demanda?

Ya se interpusieron los recursos de ley y en caso que prosperen, y el magistrado determine que es el competente para adelantar esta acción, iniciaremos la audiencia de pacto de cumplimiento y en caso de que no, decretaremos las pruebas haciendo la claridad que en ese momento Emgesa no contestó la demanda puesto que la presentó extemporáneamente.

 

¿Y siguen entrando más comerciantes o personas naturales que se sintieron afectadas por el cierre del puente Paso del Colegio?

Esta acción constitucional permite que desde el auto que admite la demanda hasta el auto que decreta las pruebas, cualquier persona que acredite que es una perjudicada dentro del censo poblacional de estos cinco municipios pueda pertenecer a esta demanda.

 

¿Cuántas personas se han acreditado como perjudicadas?

En este momento ya se aportaron a la Secretaría del Tribunal 9268 personas que me otorgaron poder. Estamos hablando de más de 30.000 folios que tienen que organizar en cuadernos de 200 hojas con carátula y cada uno de estos folios tienen que numerarlos a mano.

 

¿Qué tiempo puede durar este proceso?

Soy paciente porque más o menos les tomará unos dos meses llevar la acreditación de todos estos poderes. Pero tengo la esperanza y la confianza que con el criterio objetivo y garantista de la Sala Administrativa de Oralidad del Huila, es lo suficientemente garantistas para llevar adelante este tipo de acciones, tanto de los piscicultores, como en este caso de los comerciantes que han tenido que acudir ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

¿Esta demanda demostraría que Emgesa no ha cumplido con la licencia ambiental y la ANLA no ha ejercido el suficiente control?

Esto es lo que nos parece grave porque ni la beneficiaria de la licencia ambiental, Emgesa, ni la que lo tiene que auditar, que es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), han sido lo suficientemente efectivas en los controles para hacer cumplir una licencia ambiental que de antemano se sabía que iba a tener un impacto tan grande.

Al ver que tanto el beneficiario de la licencia ambiental (Emgesa) como la ANLA han fallado, pues las personas han tenido que acudir ante la jurisdicción contenciosa para que sea un juez de la república, en este caso el magistrado Enrique Dussán Cabrera, quien vele por sus derechos.

 

Medidas cautelares

¿Cómo recibió el anuncio de la Sala Cuarta del Tribunal Administrativo del Huila de otorgarles las medidas cautelares que estaban solicitando los piscicultores?

Primero debo aclarar que son demandas totalmente distintas. La de los piscicultores es una acción popular donde se están solicitando medidas preventivas, no se tiene ninguna finalidad de tipo económico. Simplemente lo que se está solicitando es que se garantice que la producción de la carga pesquera de las piscícolas no va a tener ningún impasse ni ninguna novedad, que no se presentará mortandad en las cargas pesqueras.

La que estábamos hablando anteriormente es una acción de grupo que es eminentemente indemnizatoria.

 

Entonces, para entrar en contexto, le pregunto, ¿en qué consiste la acción popular de los piscicultores contra Emgesa?

17 piscícolas afiliadas todas a Fedeacua me concedieron poder hace unos seis meses para iniciar una acción popular contra Emgesa en aras de que hay un riesgo inminente de que se presente una mortandad masiva en todas las cargas pesqueras de los proyectos piscícolas de Betania por la drástica reducción del caudal ecológico del río Magdalena de un 87%, pues en promedio este río tiene un caudal de 235 metros cúbicos por segundo y durante la etapa de llenado de la hidroeléctrica El Quimbo, Emgesa lo va a disminuir a 36 m3 por segundo.

 

¿De dónde tomaron ustedes esos datos?

Estos datos no son aleatorios, fueron tomados de dos estudios científicos que se aportaron con la demanda cuando se solicitó la medida cautelar. Uno de ellos es aportado por la Aunap, que es la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, que manifiesta que de presentarse un caudal ecológico menor a 160 metros cúbicos por segundo hay una gran probabilidad que se presente una catástrofe ambiental.

Aunado a lo anterior, en septiembre de 2014 la Contraloría General de la República a través del contralor delegado para el medio ambiente, realizó una auditoría donde hizo 14 hallazgos. El hallazgo 14 lo denominó “Caudal ecológico” y tomó como ejemplo la catástrofe ocurrida en Hidrosogamoso lo cual se puede replicar en la etapa de llenado de El Quimbo puesto que la Contraloría estableció que los métodos que utilizaron para fijar los caudales ecológicos están mal proyectados, razón por la cual Sala Cuarta del Tribunal Administrativo del Huila, a través de su magistrado Ramiro Aponte Pino, en una decisión trascendental tuvo en cuenta estos dos conceptos técnico-científicos para concedernos, a través de un recurso de reposición la medida cautelar al considerar que hay un riesgo inminente de que se presente una mortalidad masiva en todas las cargas pesqueras de las piscícolas de Betania.

 

La Sala Cuarta del Tribunal Administrativo del Huila les otorgó las medidas cautelares, que en este caso consisten en la suspensión del llenado de El Quimbo, ¿qué recursos jurídicos tiene Emgesa?

Lo positivo es que de conformidad con la Ley 1437, en caso de que Emgesa llegue a apelar esta decisión la medida cautelar toma plena vigencia a partir de este jueves que es cuando queda ejecutoriado el auto, o sea que a partir del jueves el embalse El Quimbo hasta tanto no le garantice a los piscicultores y a toda la cadena productiva que depende de este sector tan importante para el Huila y Colombia (como son las personas de los municipios de Yaguará, Hobo y Campoalegre, unas 10.000), ellos no pueden iniciar la etapa de llenado.

 

Ahora sí le vuelvo a preguntar, ¿cómo recibió esta decisión del Tribunal y específicamente del magistrado Aponte Pino que les había negado este recurso hace unas semanas?

Esta es una decisión que valoramos y agradecemos al alto tribunal puesto que evidentemente aun cuando no ha tomado ninguna decisión de fondo, porque simplemente es una medida cautelar, sí nos da un parte de alegría y garantía a los piscicultores que me otorgaron poder, así como a Fedeacua que fueron quienes iniciaron esta acción.

 

¿Ahora qué sigue?

Lo que sigue es la primera audiencia, que es la audiencia de pacto de cumplimiento, que es como una conciliación. Proyectada en términos legales son como 30 días, pero teniendo en cuenta la congestión en los despachos, asumimos que en los próximos 3 meses sentarán a Emgesa para que ellos nos establezcan las fórmulas que garanticen que no se va a presentar ninguna mortandad masiva.

 

¿Emgesa tiene cómo demostrar que no habrá una tragedia piscícola en Betania con el llenado de El Quimbo?

El problema en qué radica. Cuando les autorizaron la licencia ambiental, el caudal ecológico lo estimaron con base en proyecciones. Ellos no tienen ninguna prueba que acredite que no va a pasar nada y la Auditoría de la Contraloría General de la República estableció que esas proyecciones están mal hechas. Lo mismo sucedió en Hidrosogamoso cuando calcularon mal el caudal ecológico, que era de 80 metros cúbicos por segundo, y “mataron” el río Sogamoso. Eso que estamos hablando de peces que estaban en su hábitat, acá estamos hablando de una carga pesquera de más de 20.000 toneladas en jaulones, entonces al disminuir el oxígeno disuelto se expone a que toda esa carga pesquera muera.

 

¿Cuál es el argumento de Emgesa?

Que el río Páez es suficiente para mantener la capacidad de vida de los peces, pero la Aunap estableció que la calidad del agua del río Páez no es la misma del río Magdalena, razón por la cual exponen a un inmenso riesgo pretender que toda la carga pesquera dependa única y exclusivamente del agua turbia que baja del río Páez.

Durante el primer mes de llenado, que es la etapa más crítica, tenemos dos problemas básicos. El primero es que para establecer la cota mínima o el caudal ecológico de 36 metros cúbicos por segundo, Emgesa va a cerrar el Magdalena durante 17 horas en las cuales se puede presentar una catástrofe. Durante los 27 días siguientes solo van a aportar 36 metros cúbicos por segundo. Entonces vemos que las variables de las cuales depende la vida de la carga pesquera de un sector productivo que tiene un valor de unos $50 millones de dólares por año, que de él dependen unas 10.000 personas entre empleos directos e indirectos, sería un golpe socioeconómico y ambiental gigante para el departamento del Huila.

 

¿Esos argumentos, los de ustedes y los de Emgesa, será los que analice el magistrado Aponte Pino?

El togado se está tomando el tiempo necesario para analizar todas las pruebas técnico-científicas y de esta manera establecer si se presenta un riesgo inminente. En caso de que así sea, Emgesa tendrá que tomar los correctivos pertinentes y no es que quiera sino que la misma licencia ambiental en su artículo 22 y 32 establece que el beneficiario de la licencia ambiental tiene que tomar todas las acciones para corregir, mitigar o prevenir cualquier daño ambiental que se produzca a consecuencia de esa megaobra que ellos están haciendo.

Ellos lo que tienen que hacer es aplicar la licencia ambiental y solicitamos que el Gobierno Nacional tenga una mayor injerencia sobre el Anla que, tal como lo dijo la Contraloría, ha fallado en su labor de ser quien audite este tipo de obras. Al presentarse más de 3800 tutelas en el lapso de seis meses se evidencia que el órgano de control o el Anla está fallando porque eso lo que demuestra es que los particulares están acudiendo ante la jurisdicción contenciosa para lograr que un juez de la república sea quien vele por sus proyectos y eso no puede ser así porque entonces la razón de ser de la Anla no tiene ninguna razón de ser.