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Economía/ Creado el: 2017-05-25 09:46

Fenalco no comparte Proyecto de Ley sobre pago de horas extras

La entidad que agremia a todo el sector comercial del país presentó un detallado análisis sobre el impacto y efectos monetarios que tendría la aprobación de dicho Proyecto de Ley el cual se encuentra en tránsito a Senado.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | mayo 25 de 2017

Por: Stefania Ramirez Peña

Diario del Huila, Economía

“Según el Proyecto de Ley 172 DE 2015 C y 177 de 2016 S, por medio de la cual se modifican los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones, con la modificación realizada por la Plenaria de la H. Cámara de Representantes y los impactos que tendría dicha iniciativa legislativa del Proyecto de Ley No. 11 de 2016 S, donde se derogan las disposiciones que no lograron los efectos prácticos para la generación de empleo Ley 789 de 2002. (Horas extras)”.

Dicho análisis realizado por Fenalco, considera que la reforma propuesta no es pertinente y no estaría acorde con los estándares de los países referentes en la región, ni con lo dispuesto por la OIT ni por la OECD.

Ninguna de estas instituciones ha sugerido cambios en la legislación actual colombiana, en lo referente a recargos por trabajo en dominicales, festivos y recargo nocturnos donde se establece como trabajo nocturno aquel que se realice durante un periodo de por lo menos siete horas consecutivas entre medianoche y las cinco de la mañana.

Por su parte, lineamientos recientes de la Oecd indican que es preciso que se conserve una regulación afín a las necesidades productivas del empresario, ya que es quien finalmente genera los empleos y fortalece las condiciones sociales y la capacidad adquisitiva de los miembros de la sociedad.

Ninguna de estas instituciones ha sugerido cambios en la legislación actual colombiana, en lo referente a recargos por trabajo en dominicales, festivos y recargo nocturnos.

Una modificación como la sugerida en el Proyecto de Ley 172 de 2015, resulta altamente inconveniente en el contexto actual, tanto en el ámbito económico como en el ámbito social; el país no está en capacidad de asumir los costos económicos y sociales de una reforma laboral que traiga como resultado la reubicación de empresas multinacionales a otros países, eventual disminución de empleos existentes y un retroceso en materia de formalización laboral, especialmente en el contexto del postconflicto.

“Se debe archivar el proyecto que modifica la jornada laboral diurna. De lo contrario se incrementarán exponencialmente los costos de ser formal en el país”, indicó la presidencia de Fenalco.

Transformación del país en las últimas décadas

En 1960, diez de cada 100 estudiantes universitarios estaban en la jornada nocturna; hoy, el porcentaje es del 56% en la noche y el 44% en el día.

Para 1960, sólo el 7% de los estudiantes eran mujeres, y hoy su peso relativo es del 53%.

Los centros comerciales son un “invento” relativamente nuevo: precisamente, Unicentro, el primer centro comercial creado en Bogotá, está cumpliendo 40 años.

A partir de los años ochenta, los bancos crearon el llamado horario adicional que se fijó de 4:00 a 8:00 de la noche.

Los establecimientos de comercio del tipo moderno, por lo general cerraban a las siete de la noche. Hoy, atienden público hasta las nueve y varios de ellos abren 24 horas, situación que también se registra en las farmacias.

Los vuelos aéreos en horario nocturno eran francamente escasos y en Medellín eran inexistentes hasta finales de los años ochenta. Los domicilios nocturnos de comidas, víveres y bebidas eran exóticos. Los ejemplos abundan.

Actualmente, más del 79% de las personas vive en áreas urbanas y la mayor actividad del comercio, de los restaurantes y de una gran cantidad de actividades empresariales, se da a partir de las 6:00 de la tarde y durante los fines de semana.

Impacto del Proyecto de Ley aprobado en la Cámara de Representantes (Jornada de 6 am a 8 am)

Las ventas actuales en los almacenes de cadena muestran los nuevos hábitos de los consumidores modernos, las ventas de los días domingos representan el 15% de la venta total de la semana, las ventas después de las 6:00 p.m. representan el 35% de las ventas totales. En consecuencia, aproximadamente el 50% de las ventas mensuales se concentran los domingos en el horario después de las 6:00 p.m.

Efecto monetario

El sobrecosto que generaría la sola modificación de la jornada que comprendería el horario de 6 am a 8 pm, equivaldría al pago de salarios y prestaciones de 34 mil trabajadores de personal operativo. En el caso del comercio moderno que incluye a los mayoristas quienes tienen horarios extendidos hasta las nueve de la noche y con cierta frecuencia hasta las diez como Makro, PriceSmart, concesionarios de vehículos y sus respectivos talleres de reparación y mantenimiento, generaría un incremento en el gasto laboral del 3.4% sin que se generen mayores ventas.

Cabe señalar que, este incremento, causaría un grave desequilibrio en la estructura de costos de las empresas, ya que, el margen de utilidad neto de las almacenes de gran formato no alcanza a ser del 4% y la mayoría de las veces se sitúan en alrededor del 2%, como se puede fácilmente comprobar al mirar sus estados financieros. Además, la inflación proyectada para los próximos años por el Banco de la República es de un 2 a un 4% anual.

No solamente serían las empresas del comercio las afectadas por el cambio que aquí analizamos. En general todas las organizaciones del sector real de la economía sufrirían unos sobrecostos ciertamente elevados. En el caso de los restaurantes y los hoteles esto también es particularmente crítico.

Impacto de la propuesta original

La propuesta contemplada en el proyecto de ley radicado en la Cámara de Representantes, planteaba un cambio en la jornada diurna de 6 am a 6pm y el pago del 100% de los recargos en dominicales y festivos, generaría un sobrecosto total para las empresas modernas del comercio ya que ascendería a unos 450 mil millones anuales.

El sobrecosto que pagarían las empresas del comercio por el cambio en la jornada y en el régimen de pago en dominicales y festivos equivaldría al pago de salarios y prestaciones de 50.000 trabajadores de personal.

Asi mismo, los sobrecostos anuales a la nómina del comercio formal generados por la modificación de jornada y recargos festivos propuestos en el proyecto de ley 172 de 2015 equivaldrían a medio punto del PIB de 2015; y la inversión propuesta para la ampliación y modernización del Aeropuerto Ernesto Cortissoz de Barranquilla.