Empresas de economía solidaria tendrán que calificarse ante la DIAN
Conozca las modificaciones que la reforma tributaria introducirá para las entidades de naturaleza cooperativa, en materia de impuestos.
DIARIO DEL HUILA
Redacción Economía
Una vez el Gobierno Nacional reglamente la más reciente reforma tributaria, las entidades de economía solidaria estarán en la obligación de demostrar a la Dirección de Impuestos y Aduana Nacional (DIAN) que desarrollan actividades meritorias, para poder continuar dentro del Régimen Tributario Especial.
Así lo aseguró el experto en temas tributarios, Carlos Giovanni Rodríguez, quien estuvo en la ciudad de Neiva liderando el seminario “Reforma Tributaria”, organizado por la Asociación de Cooperativas y Empresas Solidarias del Huila (Asocooph) y el Fondo de Empleados de la DIAN Neiva (Fedina), evento que contó con una masiva participación.
En entrevista con DIARIO DEL HUILA, el profesional se refirió a las modificaciones que la reforma tributaria introducirá para las entidades de naturaleza cooperativa, en materia de impuestos.
¿Cuáles son los cambios estructurales más importantes que trae la reforma tributaria para el sector de la economía solidaria?
Se crea nuevamente el Régimen Tributario Especial en base a muchas de las recomendaciones hechas por la comisión de expertos, que consideró que el régimen era usado como una figura para evadir impuestos. Así las cosas, las entidades de economía solidaria tendrán que calificar para poder entrar a ese grupo del régimen especial, demostrando que sus actividades y objeto social son meritorios, de acuerdo con lo que ordene la norma. Lo que se busca es evitar que cualquier persona pueda crear una organización sin ánimo de lucro, una fundación, una asociación o una corporación, sin tener en cuenta los requisitos.
¿Qué deben hacer las entidades de economía solidaria para acreditar que efectivamente lo son?
En este momento todas las que venían y las que tengan el objeto social calificado, es decir, cuyas actividades sean meritorias, van a seguir en el Régimen Tributario Especial hasta que se emita el respectivo Decreto Reglamentario por parte del Gobierno Nacional, en el que se indique cuál es la documentación que debe allegarse a la DIAN y los plazos. La DIAN será la encargada de hacer el registro en un aplicativo web y de ejercer la fiscalización; las que cumplan con las exigencias podrán seguir automáticamente en el Régimen Tributario Especial y las que no, quedarán excluidas de él y se volverán contribuyentes.
En temas de tributación, ¿qué va a pasar con las cooperativas?
Las cooperativas tienen unas condiciones específicas, pues a pesar de que son del Régimen Tributario Especial sacan unos determinados excedentes, hacen las apropiaciones legales y sobre eso van a tributar, es decir, ellas sí van a tener un impuesto, al contrario de otras entidades sin ánimo de lucro que tienen renta exenta. Las cooperativas lo que tienen es una base especial para poder definir su impuesto.
¿Y los recursos que las cooperativas destinaban a programas de educación formal?
El cambio establecido es que las cooperativas antes podían manejar de manera autónoma el 20 % de sus excedentes financieros anuales, en algunos casos intermediaba el ICETEX, pero había destinación específica de esos recursos para la educación. La nueva reforma le quita a las cooperativas ese beneficio gradualmente, ya no podrán decidir en qué invertir el dinero, sino que deben entregarlo a la DIAN a título de impuesto de renta.
¿Beneficia en algo la reforma tributaria al sector de la economía solidaria?
Yo creo que no lo beneficia; lo que hace más bien es colocar reglas claras para poder establecer quiénes realmente merecen estar en el Régimen Tributario Especial.
¿Cuál será el reto de las entidades en este caso?
El reto para las que esperan quedar dentro del Régimen Tributario Especial es demostrar que sus actividades son meritorias y cumplir con las condiciones, ya que el nuevo régimen no se va a poder utilizar como mecanismo de elusión de impuestos. El proceso de calificación será público, a fin de que la comunidad se pronuncie y remita observaciones sobre la entidad; a su vez la entidad en los plazos establecidos y previa solicitud de la DIAN, deberá dar las explicaciones que corresponda para desestimar los comentarios presentados por la comunidad y demostrar que su actuar es coherente con su objeto social.
¿Habrá sanciones?
Sí, la más gravosa es quedar excluidos del Régimen Tributario Especial porque cuando las entidades hagan su inscripción ante la DIAN, ese organismo se tiene que pronunciar, y tendrá la potestad de declarar cuáles de esas organizaciones deberán empezar a tributar bajo el Régimen Tributario Ordinario, asumiendo todo lo que ello significa en cuanto a impuestos.
