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Economía/ Creado el: 2014-06-07 07:39

Alcaldía da vía libre a subasta pública para operadores de cabalgatas

El 29 de abril de este año el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, en diálogo exclusivo con DIARIO DEL HUILA, afirmó que las cabalgatas de San Pedro estaban autorizadas. Ayer, la Alcaldía de Neiva anunció el inicio del proceso para seleccionar el operador de estos eventos.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | junio 07 de 2014

El Municipio de Neiva dispuso ya las medidas necesarias para la realización de cabalgatas en la ciudad, luego que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) autorizó la realización de estos eventos mediante la resolución 1605 del 28 de mayo de este año.

Según informó el secretario de Gobierno de Neiva, José Ferney Ducuara Castro, mediante el Comité Municipal Organizador de Cabalgatas se adoptaron los lineamientos y requisitos que deben cumplir los interesados en ser los operadores de estas cabalgatas, con referencia al acuerdo 006 que permite la selección de un operador.

“Ya está colgada en la página de la Alcaldía la resolución número 056 que contiene los requisitos de carácter técnico, humano y logístico que deben cumplir los interesados en ser los organizadores y  la semana siguiente se deben presentar las propuestas a las Secretaría Desarrollo Económico para que se realice la subasta pública”, agregó.

El funcionario anotó que entre las disposiciones generales para la operación de las cabalgatas está que las personas naturales o jurídicas estén dedicas a asociaciones de caballistas,  realicen eventos de gran formato, deben acreditar la celebración de dos cabalgatas en los cinco años anteriores, contar con médicos veterinarios, herreros, bebederos de agua en el recorrido, señalización con sitios de desembarque, puntos de encuentro y que todo el personal que trabaje en la organización de las cabalgatas porte un chalecos distintivos.

De la misma manera deben trabajar en la erradicación del trabajo infantil para lo cual se exigió la realización de unos pendones que prohíban que los jinetes utilicen los menores en dichas labores.

Aval del ICA

A finales de abril, una comisión liderada por el senador Jorge Eduardo Géchem, el gobernador del Huila, Carlos Mauricio Iriarte Barrios; el alcalde de Neiva, Pedro Hernán Suárez Trujillo; dirigentes agrícolas y pecuarios del departamento se reunieron con el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, para lograr de la entidad el aval a la realización de las tradicionales cabalgatas en el San Pedro ya que estos eventos estaban suspendidos por cuenta de la presencia en la región de una enfermedad denominada diarrea epidémica porcina (PED).

El 10 de marzo de 2014, ante la presencia de una enfermedad inusual en los animales de la especie porcina, el ICA había emitido la resolución 797 por la cual se declaraba la emergencia sanitaria en el territorio nacional. En uno de sus apartes se indicaba que estaba suspendida “la realización de cualquier evento que implique la concentración de animales de cualquier especie, en cualquiera de los municipios afectados o áreas intervenidas”.

Como las regiones más afectadas son Cundinamarca y Huila entonces no estaban autorizados los eventos pecuarios en ningún municipio: ferias o exposiciones equinas o pecuarias en general y cabalgatas.

Al final de esa reunión, el Instituto Colombiano Agropecuario avaló la realización de solo seis cabalgatas en Neiva durante las festividades sampedrinas. En entrevista exclusiva con DIARIO DEL HUILA, el gerente general de la entidad sostuvo que hay compromisos por parte del ICA y también de la gobernación del Huila y la Alcaldía de Neiva para hacer cumplir los protocolos que vamos a estar remitiéndoles en los próximos días, con exigencias mayores para todo lo relacionado con la movilización de animales, “pero que le permitirá al departamento realizar las cabalgatas programadas para el mes de junio”.

¿Qué dice la resolución que autoriza las cabalgatas?

La Resolución 1605 del 28 de mayo de 2014 expresa que el alcalde de Neiva, Pedro Suárez, el 6 de mayo de este año, solicitó al ICA la Licencia Zoosanitaria de Funcionamiento para realización de seis cabalgatas dentro del marco de las fiestas sampedrinas que se realizarán en las siguientes fechas: 17 de junio (cabalgata Cacica Gaitana), 21 de junio (Reinado Popular), 22 de junio (Reinado Departamental), 24 de junio (cabalgata Infantil), 26 de junio (Día del Caballista) y 29 de junio (Desfile Folclórico Nacional).

En consecuencia hubo un concepto favorable emitido el 13 de mayo de 2014 por el epidemiólogo regional profesional especializado Édgar Miguel Vargas Corzo, en donde se estipulan los compromisos sanitarios para el cumplimiento de la Licencia Zoosanitaria de Funcionamiento.

Algunos de los requisitos sanitarios son que el responsable de la Licencia Zoosanitaria de Funcionamiento deberá cumplir lo establecido en la Resolución 01634 de 2010, que determina lo que es necesario hacer para la realización de concentraciones de animales en el territorio nacional y exigirá a los propietarios de los animales que participen en el evento, cuenten con la respectiva Guía Sanitaria de Movilización Interna expedida por el ICA o por quien éste delegue.

Requisitos zoosanitarios

- Solicitud de la Guía Sanitaria de Movilización Interna con dos días hábiles previos al evento.

- Contar con un sistema de identificación individual.

- Presentar registro de vacunación con vigencia mínima de dos años contra encefalitis equina venezolana.

- Presentar resultado oficial negativo a la prueba de anemia infecciosa equina con fecha que no exceda los 120 días calendario a la fecha del evento.

- Presentar registro de vacunación con vigencia mínima de un año contra influenza equina.

- Certificado de salud expedido por un médico veterinario zootecnista en ejercicio particular con matrícula profesional vigente, en el que conste que en el predio de origen no hay animales afectados por enfermedades transmitibles y que los que asisten al evento están en buen estado sanitario, la cual tendrá una validez máxima de cinco días calendario.

Obligaciones. El responsable del evento está en la obligación de:

- Exigir que los animales que participen en el evento deben provenir de predios registrados ante el ICA o quien esta delegue.

- Los animales deben llegar clínicamente sanos al lugar donde se realizará el evento.

- Permitir la entrada de los funcionarios del ICA para el cumplimiento de sus funciones.

- Designar una persona que verifique y exija al ingreso y salida de los animales la Guía Sanitaria de Movilización interna.

- Enterrar o incinerar previa inspección del ICA los animales que lleguen muertos al recinto o mueran en dicho lugar, los cuales no podrán destinarse para consumo humano.

- Realizar bajo la supervisión del ICA la limpieza, lavado, desinfección general y el control de los insectos del establecimiento antes, durante y después de la realización del evento.

Prohibiciones. Los realizadores o participantes se abstendrán de:

- Realizar de manera simultánea ferias comerciales, mercados ganaderos y ferias exposiciones en un mismo lugar y día.

- No se permitirá la entrada de animales con síntomas de enfermedades infectocontagiosas o transmisibles, presencia de heridas en procesos de cicatrización, tumoraciones o traumatismos que impidan su normal movilización.

- No se aceptará el ingreso de ningún animal que haya sido vacunado e inmunizado con vacunas vivas, atenuadas o inactivas durante los catorce días anteriores al evento.

- Ingresar al evento animales a pie, excepto para mercados ganaderos y paraderos.