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Contexto/ Creado el: 2019-08-31 06:32 - Última actualización: 2019-08-31 06:33

Después de 12 años se hizo justicia

La injusta acusación de la Fiscalía a un juez huilense. Ahora la Corte falló a su favor, absolviéndolo del cargo por el cual fue acusado.

Los hechos ocurrieron hace 12 años en el municipio de La Plata en el Huila.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | agosto 31 de 2019

El entonces Juez Único Promiscuo de Familia de La Plata (Huila) enfrentó durante 12 años la injusta acusación de prevaricato por omisión, al ser señalado por la Fiscalía de no haber consignado unos dólares a la cuenta de depósitos judiciales del juzgado donde laboraba.

Ahora la Corte falló a su favor, absolviéndolo del cargo por el cual fue acusado, por no existir delito, en razón a que las entidades bancarias en Colombia no reciben depósitos en dólares sino en pesos. La sentencia que ya está debidamente ejecutoriada y contra la cual no procede ningún recurso, lo exime de toda responsabilidad.

El calvario para Hernando Gaitán Gaona inició el 28 de febrero de 2007 cuando en su condición de Juez Único Promiscuo de Familia de la Plata (Huila) le correspondió conocer y tramitar un proceso de sucesión, tras la muerte violenta de los esposos Juan de la Cruz Rivera y Delia Puyo Rodríguez, dos reconocidos prestamistas de La Plata Huila, cuyos cuerpos sin vida fueron hallados en su propia vivienda.



Parte resolutiva del fallo.

Luego de la inspección judicial de los cadáveres, la Fiscalía registró la vivienda, encontrando una caja fuerte que contenía una gruesa suma de dinero en moneda nacional y extranjera (dólares), la que fue guardada por las autoridades mientras se adelantada el proceso de reclamación por parte de los familiares sobrevivientes. El proceso siguió y pasadas unas semanas los herederos instauraron el juicio de sucesión, el que por reparto le correspondió la juez Hernando Gaitán Gaona, en su condición Juez Único Promiscuo de Familia de La Plata (Huila).

La Fiscalía transfirió al Juzgado un título judicial por la suma de 23 millones de pesos que hacían parte de los hallazgos durante la diligencia del levantamiento de los cadáveres y entregó 12.587 dólares, los que quedaran bajo la custodia del Juez, por dos días, mientras se surtía el trámite de consignación, sin contar con que las normas bancarias en su momento impedían a los bancos radicados en el Huila recibir consignaciones en divisas extranjeras.

La Fiscalía remitió los recursos con un simple oficio donde establecían los montos entregados, sin embargo, el juez, acorde a los procedimientos, pidió a su secretario que para recibir los mismos levantara un acta en la especificara el serial y la denominación de todos y cada uno de los billetes, incluidos los dólares. Esta fue quizá su salvación.

Dice el proceso que Gaitán Gaona, consciente del riesgo que le implicaba mantener esa gruesa suma de dinero en su despacho y ante la negativa de los bancos a recibir la moneda extranjera, consiguió que autorizaran al juzgado, a través de los apoderados judiciales, cambiar los dólares a pesos colombianos, a lo que inmediatamente procedió Gaitán Gaona. Intentó en las casas de cambio de Neiva, pero por el monto lo hacían en varios días, lo que significada un riesgo, entonces surgió una persona que necesitaba cambiar para viajar a Estados Unidos, quien finalmente los compró y pagó con un cheque, a nombre del Juzgado, el que fue consignado el lunes siguiente, día hábil para hacer la transacción.

Una investigación sin fundamento

Uno de los herederos (extramatrimonial), al enterarse que pasaron unos días antes de consignar el dinero en la cuenta (depósito judicial) denunció al Juez sin aportar pruebas ni argumentos sólidos que permitieran a la Fiscalía abrir una investigación, una acusación que a juicios de muchos no tuvo ningún peso.

Previo a la acusación, el Fiscal Delegado ante el Tribunal Superior de Neiva, Roberto Lozada, había solicitado la preclusión de la investigación, tras considerar que no existía delito, sin embargo, el Tribunal Superior de Neiva negó la preclusión y ordenó a la Fiscalía indagar si Gaitán Gaona se desempeñaba con eficiencia, para lo cual analizaron procesos al azar.  Luego de las averiguaciones, se constató que Gaitán Gaona en los demás procesos revisados desarrollaba su labor en forma eficiente, prueba que daba para que el fiscal volviera a pedir la preclusión, sin embargo, para sorpresa del Juez y las partes, la imputación y acusación al juez Gaitán Gaona fue una realidad.

El caso llegó a la Corte por la nueva investidura del acusado, quien contrató los servicios del abogado Jesús Antonio Marín. En desarrollo del proceso, Marín logró, no solo desvirtuar la acusación sino lograr que la Corte determinara la exoneración total, sin ningún asomo de duda, en favor de Gaitán Gaona.

La Corte Suprema de Justicia, luego de escuchar los argumentos de Marín, determinó que la injusta investigación y el absurdo proceso que durante 12 años afectó al juez Gaitán fue un completo desacierto de la Fiscalía que ante la denuncia debió sopesar las evidencias para llegar a la conclusión que no existían argumentos para abrir una investigación.

No se cumplieron los presupuestos del Artículo 402 de la Ley 906 de 2004 para abrir una investigación, teniendo en cuenta que el denunciante no aportó ningún elemento probatorio, pero además se comprobó que sí se consignaron los dólares convertidos a pesos colombianos en un lapso de tres días mientras se hacían las gestiones pertinentes.

También se comprobó que para la fecha de los hechos ningún banco o entidad cooperativa asentada en el Huila recibía moneda extranjera en consignación, por lo que todo lo que el Juez realizó para garantizar la custodia de estos fue legal.