Denuncia salpica a integrante del Comité Departamental de Cafeteros
Las denuncias fueron presentadas por una fuente que solicitó no publicar su nombre, y argumentan que un miembro del Comité Departamental del Huila presentó documentos falsos a la hora de aspirar por un cargo en esa junta directiva.
César Pérez Rojas
Diario del Huila
De forma anónima hasta la instalaciones de esta Casa Editorial llegó copia de una denuncia que también iba dirigida hacía el director de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia Roberto Vélez Vallejo, en la cual se exponen una serie de argumentos en contra de la elección de Luis Emiro Pajoy Trujillo como miembro de Comité Departamental del Huila de dicha asociación cafetera.
Supuesta violación de los estatutos de la Federación
En la denuncia se argumenta que para cuando el señor Luis Emiro Pajoy Trujillo fue elegido como miembro del Comité en representación de la circunspección número Cinco, el señor declaró una serie de documentos en los cuales demostraba ser cafetero cedulado y cumpliendo así con todos los requisitos que se tienen en cuenta a la hora de aspirar a ser miembro de la Junta Directiva Departamental de la Federación de Cafeteros.
Requisitos necesarios para ser cafetero cedulado
La Federación Nacional de Cafeteros de Colombia a través de sus estatutos determina claramente que los requisitos o condiciones específicos para ser un cafetero deben ser los siguientes:
Tener un determinado número de área de siembra de café y con un número exacto de árboles de café plantado.
Otra de las exigencias para ser cafetero cedulado consiste en haber sido productor de café con un lapso mayor de 5 años; haber trabajado directamente un predio, ya sea teniendo un contrato de arrendamiento elevado a escritura pública por documento privado autenticado ante notario.
Argumentos expuestos por el denunciante
De acuerdo con esta denuncia, se argumenta que luego de haberse consultado ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del municipio de la Plata Huila, se observa que el señor Pajoy Trujillo no reporta ningún bien inmueble ni como poseedor ni como propietario, algo que va abiertamente en contravía a lo que declaró ante el Comité Departamental del Huila para solicitar la cédula cafetera y para la inscripción para las elecciones como representante.
Irregularidades en predios presentados
La denuncia manifiesta que después de hacer la investigación previamente mencionada, cuando se va a mirar detalladamente la naturaleza de los predios que Pajoy Trujillo declaró a la hora de presentarse a la elección del comité los cuales reposan en la dependencia u oficina encargada SICA del Comité, se encontró que los predios que presentó están en las siguientes condiciones:
Predio rural «La estrella» (lote) por escritura pública No 403 del 22 de septiembre de 2012 de la notaría única de Tesalia, el señor Pajoy Trujillo vende a otra persona Matricula Inmobiliaria N0 204- 8391.
Predio rural «Los Duraznos» por escritura pública No 3788 del 31 de diciembre de 2010 de la Notaría Tercera del circuito de Neiva, es de propiedad de otra persona con Matrícula Inmobiliaria No 204-4034
Predio Rural de la vereda La Cañada (6 hectáreas) por escritura pública No 2844 del 26 de noviembre de 2010 de la notaría Primera de Popayán el señor pajoy Trujillo vende los derechos y acciones a otra persona.
Por lo consiguiente se resalta que el señor Pajoy Trujillo para obtener la cédula cafetera manifestó ser poseedor de los predios previamente mencionados, lo cual no parece en los registros de la oficina de Instrumentos Públicos y que en caso de que el señor se declare como usufructario esta condición debió haber sido declarada mediante un documento elevado a escritura pública y registrado como según dice la norma Artículo 826 del Código Civil Colombiano, y si llega a la conclusión según el autor de la demanda que el señor Pajoy Trujillo incurrió en una Declaración Falsa ya que no parece como poseedor o usufructario de dichos predios o fincas cafeteras incurriendo así en el delito de falsedad,
Cabe anotar que un argumento que se le da a favor del señor Luis Emiro Pajoy Trujillo con quien no se pudo hablar pese a los intentos para poderlo contactar y dar equilibrio a la información, es que en la base de información de la dependencia u oficina encargada SICA no se actualiza automáticamente los predios, sino que deja a criterio del cafetero el poder actualizando esos datos ya que después de investigar, se sabe que la Federación de Cafeteros de Colombia por la época del auge de la insurgencia en varios puntos del país no les podía exigir a los cafeteros que declararan a ciencia cierta sus predios, ya que estos por miedo a ser extorsionados, se negaban a declarar.
