Corte abrió la puerta para volver a fumigar con glifosato
Si bien del fallo del 2017 se entendía que se debía demostrar que el glifosato no implica ningún riesgo, ahora la evidencia científica que se debe tener en cuenta es la que indique cómo minimizar dichos riesgos.
Ayer, la Corte Constitucional decidió que la reanudación de las fumigaciones de cultivos de coca con glifosato es una decisión que está en manos del Consejo Nacional de Estupefacientes, que debe considerar los requisitos que el alto tribunal le impuso en el 2017 para volver a asperjar con el herbicida.
Aunque el Alto Tribunal sostuvo que para poder reanudar el programa de fumigación de cultivos ilícitos, que está suspendido desde el 2015, se deben cumplir los requisitos que ese tribunal ya había dispuesto, hizo aclaraciones claves sobre esas condiciones que, en últimas, terminan haciendo más fácil el camino del Ejecutivo para volver a esa herramienta.
"Las condiciones se mantienen con precisiones. Lo que estamos dejando claro surgió con ocasión de un debate que el país dio, y que consideramos que no se entendió la sentencia del 2017 en la dimensión que ella tenía", dijo la magistrada Gloria Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional.
De acuerdo con El Tiempo, el punto clave de la decisión -que se tomó de forma unánime- consiste en que en el fallo del 2017 la Corte aseguraba que para reanudar el glifosato se debía adelantar una investigación científica, que de forma “objetiva y concluyente, demuestre ausencia de daño para la salud y el medioambiente”.
La interpretación de esa decisión era, entonces, que el glifosato seguía suspendido hasta que se demostrara con un estudio científico que el herbicida no implica un riesgo. La demostración de ausencia de daño era uno de los requisitos que el Ejecutivo consideraba de imposible cumplimiento ya que no hay estudios científicos que permitan descartar con toda certeza que el herbicida no implica un riesgo, ya sea para la salud, el agro o el medioambiente.
La precisión que ahora hace la Corte es que esa evidencia científica "no equivale a demostrar, por una parte, que existe certeza absoluta e incuestionable sobre la ausencia de daño. Tampoco equivale a establecer que la ausencia de daño es absoluta o que la actividad no plantea ningún riesgo en absoluto", dice el auto de la Corte.
Así, la Corte asegura que la decisión de reanudar las fumigaciones con glifosato es del Consejo Nacional de Estupefacientes, que deberá tener en cuenta las condiciones que el alto tribunal le impuso. Para un eventual regreso del glifosato, el Consejo Nacional de Estupefacientes "deberá considerar y ponderar toda la evidencia científica y técnica disponible en lo que se refiere, por un lado, a la minimización de los riesgos para la salud y el medio ambiente, y por otro, a la solución al problema de drogas ilícitas, conforme a los instrumentos de política pública".
Eso significa que si bien del fallo del 2017 se entendía que se debía demostrar que el glifosato no implica ningún riesgo, ahora la evidencia científica que se debe tener en cuenta es la que indique cómo minimizar dichos riesgos.
Aunque ya no tener que demostrar que el glifosato no es un riesgo puede allanar el camino para volver a asperjar con ese químico, el magistrado Alberto Rojas, ponente de la decisión, aseguró en rueda de prensa que esa política pública debe desarrollarse en el marco de lo que establece el acuerdo de paz en materia de lucha contra el narcotráfico.
Esta aclaración es clave ya que significa que ante de volver a fumigar el Consejo Nacional de Estupefacientes primero debe agotar herramientas de las que habla el acuerdo de paz, como la sustitución de cultivos ilícitos.
