sábado, 13 de septiembre de 2025
Neiva/ Creado el: 2019-03-11 10:15

Cacería a centro de estética, Spa y tatuajes en Neiva

Un nuevo llamado hace la Secretaría de Salud de Neiva, para que los propietarios de estos establecimientos se pongan al día con la Resolución 2263 de 2004.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | marzo 11 de 2019

Los profesionales del área de prestación  de servicio  la Secretaría de Salud hacen un minucioso trabajo visitando estos establecimientos para verificar si cumplen con la reglamentación necesaria para su operación; si hay algún hallazgo se procederá al cierre temporal del sitio mientras el dueño se pone al día; de lo contrario se procederá al cierre definitivo.

La Alcaldía de Neiva recodó que la Resolución 2263 de 2004 es de obligatorio cumplimiento y también va dirigida a todos aquellos establecimientos en los que se aplican técnicas con finalidad terapéutica, intervenciones quirúrgicas, microcirugías (tatuaje), procedimientos invasivos (piercing), implantes o preparaciones cosméticas, deberán cumplir en todo momento con la reglamentación vigente en lo relacionado con los prestadores de servicios de salud.

“Es vital que los propietarios se pongan al día y cumplan con la Ley. De esta forma habrá un mejor control de vigilancia e inspección en el proceder de estos establecimientos y evitar cualquier irregularidad que ponga en peligro la vida de las personas”, resaltó Glenda Ruth Pineda Calderón,  profesional de la Secretaría de Salud de Neiva. 

A través de la página web www.alcaldianeiva.gov.co se puede hacer la inscripción para la apertura y funcionamiento de los centros de estética, institutos de belleza, centros de bronceado y demás establecimientos donde se realicen procedimientos cosméticos, faciales o corporales.

Cada  establecimiento debe cumplir con unas condiciones generales como: 

  • Disponer de áreas independientes que permitan el desarrollo de cada una de las actividades propias de cada establecimiento
  • Cada área definida de trabajo deberá permitir el libre movimiento del personal
  • Las divisiones deben ser hidro-repelentes, antiadherentes y permitir o garantizar que pase aire limpio de un lado a otro
  • Contar con una sala de espera
  • Definir y garantizar la privacidad de las áreas o cabinas para aquellas actividades que así lo requieran
  • Las paredes, pisos y techos deberán ser en material no poroso, no absorbente, de fácil limpieza y desinfección
  • Los mobiliarios (sillas, mesas, camillas, etc.)
  • Deben ser en material lavable
  • Disponer de protectores o demás elementos cuando se realicen técnicas que requieran contacto directo del cuerpo con el mobiliario
  • Las instalaciones deben contar con buena iluminación y ventilación, ya sea natural o artificial.

Así mismo, la resolución establece que el personal que atiende en estos lugares debe contar con ropa y calzado de uso exclusivo y no podrán durante la realización de los procedimientos, ingerir alimentos ni ninguna clase de bebidas; deben cumplir con el manual de bioseguridad y no podrán realizar procedimientos cosméticos cuando padezcan heridas y/o lesiones cutáneas en las manos entre otras.


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