Autoridades han impuesto 9.365 órdenes de comparendo
En lo que va corrido del año el Departamento de Policía Huila ha impuesto más de 9.365 órdenes de comparendos por comportamientos contrarios a la convivencia, de estos más 7.067 están relacionados con conductas por el aislamiento preventivo obligatorio.
Por esta razón, el coronel Harol Mauricio Barrea Gantiva invita a la ciudadanía hacer uso de sus derechos, pero también a aplicar sus deberes como ciudadano, con el fin de contribuir satisfactoriamente al mantenimiento de las condiciones de convivencia.
La estrategia se lanzó de manera simultánea a nivel nacional, la campaña ‘Ciudadano, conozca sus derechos y deberes frente a la ley 1801 de 2016 Código de convivencia y seguridad ciudadana’.
7.067 comparendos se han impuestos por violar el aislamiento preventivo obligatorio.
Desde el Departamento de Policía Huila junto con las autoridades político-administrativas, presentaron y socializaron un folleto diseñado para explicar a la ciudadanía de manera pedagógica los alcances de esta ley.
Conocer el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, le permitirá al ciudadano comprender los derechos y deberes que les asisten, las medidas correctivas y procedimientos de los que pueden ser objeto y las instancias de participación y control social que ella contempla.
El lanzamiento de la campaña tiene como objetivo sensibilizar a la comunidad frente a las condiciones que provee el código, para el mantenimiento de la convivencia y seguridad ciudadana en el territorio nacional, contribuyendo a orientar la conducta humana y los comportamientos de los habitantes, mediante el ejercicio de los deberes ciudadanos y el respeto por el derecho de los demás.
Dentro del ciudadano cuando le imponen una orden de comparendo:
- Ser escuchado por el uniformado y hacer uso del recurso de apelación.
- Si no está de acuerdo con la multa señalada en la orden de comparendo, podrá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes ante la autoridad competente, para objetar la medida correctiva.
- Para multas generales tipo 1y 2, podrá conmutarlos por “participación en programa comunitario o actividad pedagógica”.
- Sí decida pagar la multa dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la orden de comparendo y/o medida correctiva, podrá obtener un descuento del 50% por pronto pago.
- El pago de las multas se debe realizar en las cuentas habilitadas por las alcaldías, y solicitar ante el inspector de policía el descargue en el Registro Nacional de Medidas Correctivas (RNMC).
