lunes, 06 de julio de 2026
Actualidad/ Creado el: 2016-04-09 09:55

“Ninguna sanción puede compensar el daño ambiental”

El representante de la CAM dio a conocer la sanción que le interpuso la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, a Emgesa, por valor de $2.503 millones por el mal manejo que le dio a la biomasa para llenar la represa de El Quimbo.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 09 de 2016

El director de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, Carlos Alberto Cuéllar Medina, aseguró que ninguna sanción por ningún valor puede compensar el daño ambiental causado al departamento del Huila por parte de la compañía Emgesa, al no retirar la biomasa para realizar el llenado de la represa de El Quimbo.

El pronunciamiento lo hizo el representante de CAM al conocerse la sanción que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales le impuso a Emgesa por un monto de 2.503 millones de pesos, por el mal manejo de la biomasa y porque el retiro de este material vegetal no fue oportuno.

“Consideramos importante esta sanción que ha determinado imponer la ANLA por la grave falta que cometió la compañía al no retirar la biomasa del embalse para adelantar el llenado. Estamos complacidos con que haya una sanción contra este tipo de infracciones en nuestra jurisdicción”, manifestó Cuéllar Medina.

“Queda un sinsabor relacionado con la oportunidad de la sanción y de la intervención de la autoridad que pudo haber sido, como lo hizo en su momento la Corporación, suspendiendo las actividades y evitando este tipo de daño ambiental al no retirar la biomasa, generando lo que hoy tenemos y es una contaminación mucho más alta de la esperada del río Magdalena”, sostuvo Cuéllar Medina.

Y es que, según el Directivo, fue precisamente allí cuando se debió haber concentrado la decisión más oportuna por parte de la autoridad nacional, más, cuando la CAM emitió oportunamente desde el mes de julio del 2015, una medida de suspensión del llenado de la represa para evitar que se presentaran los daños ambientales.

La ANLA, mediante Resolución No. 381 del 07 de abril de 2016, declaró responsable a la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., de “No haber adelantado las actividades de repicado, apilado y retiro de la madera y la biomasa producto del aprovechamiento forestal en el vaso del embalse, por lo que le impuso sanción de multa en cuantía de $2.503´258.650.oo.