Rebaja de megapensiones debe respetar debido proceso: Corte Suprema
Así lo indicó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia al dejar por sentado que la reducción a 25 salarios mínimos en el tope de las pensiones del régimen de congresistas debe respetar el debido proceso al igual que adelantar todos los trámites judiciales y administrativos pertinentes para garantizar el derecho de defensa.

Para el alto tribunal no se puede suspender el pago de las millonarias mesadas pensionales hasta la culminación del procedimiento administrativo.
Además advierte que las decisiones serán susceptibles de controversia ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Teniendo en cuenta lo anterior la corporación manifestó a las autoridades a las cuales está dirigida la orden judicial, de cesar los pagos de pensión superiores a 25 salarios mínimos, pues les corresponde acudir a los medios administrativos y judiciales para asegurar el patrimonio público.
Lo anterior, aclaró la Corte Suprema "no implica que no deba darse cumplimiento a la orden contenida en la sentencia C-258 de 2013, en punto a la disminución de las mesadas que excedan el tope de los 25 smmlv, sino que la misma se realice con pleno respeto de las formas, esto es a través del acto administrativo o judicial, y siguiendo las propias directrices allí contenidas".