Actualidad/ Creado el: 2016-12-27 02:43
Habitantes de la calle tendrán servicio de salud
El decreto 2083 de 2016 firmado por el presidente de la República, establece que esta población debe ser afiliada el régimen subsidiado.
El objetivo es que los habitantes de la calle, reciban todos los beneficios que ofrece el Estado para garantizar la protección social y puedan acceder a los servicios de salud.
El proceso de afiliación lo deben realizar las alcaldías municipales quienes deberán realizar un censo para identificar al total de la población en sus jurisdicciones.
Además el decreto señala que si los habitantes de la calle se rehúsan a afiliarse, "la entidad territorial procederá a inscribirla de oficio en una EPS de las que operan en el municipio dentro de los cinco primeros días del mes y le comunicará dicha inscripción".
