domingo, 05 de julio de 2026
Actualidad/ Creado el: 2015-11-14 10:31

El Quimbo acatará orden presidencial no del Tribunal

Pese a que una reciente sentencia del Tribunal Administrativo del Huila le niega a la compañía Emgesa el inicio de producción de energía de la represa El Quimbo, la multinacional señaló al respecto que se acoge a la orden del Gobierno Nacional emanada por el presidente Juan Manuel Santos.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | noviembre 14 de 2015

Un auto proferido por el Tribunal Administrativo del Huila resolvió inaplicar el artículo 1º del Decreto Legislativo 1979 del 6 de octubre de 2015, expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se autorizó el inicio de la generación de energía eléctrica en el proyecto hidroeléctrico El Quimbo.

Pese a la decisión administrativa, Emgesa manifestó que se acogerá a la orden presidencial que aprueba el inicio de la producción energética de dicha represa, pero que en este caso iría en contravía de la decisión de ese alto tribunal.

Según Emgesa, a partir del decreto 1979 se ha procedido con el inicio de las pruebas de generación, las cuales se han venido realizando para cumplir con los parámetros técnicos requeridos por el sistema eléctrico colombiano. En este sentido, la multinacional Emgesa expresó que teniendo en cuenta que dicho decreto tiene fuerza de ley y se encuentra plenamente vigente, “no tiene alternativa distinta que la de cumplirlo, es decir, no puede obrar al margen de los estados de excepción que se decreten, ni de las normas que en su desarrollo se adopten por el Gobierno Nacional”.

Madera y guadua, el problema sin resolver

En la decisión administrativa, el alto tribunal también le requirió a la compañía que en un lapso de diez días le rindiera un informe a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) “clarificando y justificando donde se encuentran 44.473,55 m3 de madera y 7665,50 m3 de guadua”, volumen que se traduce en la cantidad de biomasa correspondiente a las áreas inundadas por el embalse.

De acuerdo con uno de los conceptos técnicos de la CAM y el cual fue tenido en cuenta por el tribunal, Emgesa no ha retirado la totalidad de madera, guadua y demás material del vaso del embalse, lo que posibilitaría que a futuro se presenten afectaciones ambientales directas al recurso hídrico como consecuencia de la descomposición del material.

“Vencido el término anterior, y con base en el análisis del mismo, la CAM, rendirá un dictamen al Tribunal, informando sí se clarificó la situación y sí se modificaron las circunstancias ambientales que motivaron la adopción de la medida cautelar. Para el efecto, se le concede un término de 10 días”, señaló la sentencia.

Emgesa, por su parte, analizará la situación. “La compañía es respetuosa de la Ley y se encuentra analizando el reciente pronunciamiento del Tribunal Administrativo del Huila y frente a este hecho, la empresa definirá cómo va a ejercer los recursos de ley a que haya lugar”, comunicó.