El Código de Policía y el espacio público
El nuevo Código de Policía es un proyecto de ley que busca reformar la normatividad que rige desde hace varias décadas.
El documento que entrará en vigor desde el lunes en todo el territorio colombiano, explica las condiciones para una sana convivencia, los deberes de las personas naturales y determina cómo es ejercido el poder, la función y la actividad de la Policía.
Entre algunas restricciones contempladas en el documento, está la de los procedimientos grabados, el control al ruido, la ocupación indebida del espacio público, la fabricación, uso y porte de artículos pirotécnicos, el uso de objetos robados, la invasión de la intimidad, el porte de armas y la utilización de animales.
Tal como se ha indicado en entregas anteriores, a cada ítem del nuevo Código Nacional de Policía se le han asignado unas responsabilidades adicionales. En este caso sobre el espacio público, el documento establece que serán los alcaldes, Gobierno Nacional, ICBF, Policía y concejos municipales, los encargados de hacer cumplir la ley.
A los alcaldes en este ítem del código, les corresponde:
Uso de pólvora: Deben aprobar el uso de pólvora en el espacio público.
Restricción a menores de edad: Restringir, de manera temporal, la movilidad o permanencia de niños, niñas y adolescentes en el espacio público.
El Gobierno Nacional tiene la responsabilidad de:
Integrar sistemas de vigilancia: Los sistemas de video y medios tecnológicos que se encuentren instalados en el espacio público se enlazarán a la red que disponga la Policía, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno.
En lo que respecta al ICBF en cuanto a menores, su responsabilidad estará en:
Acompañamiento: Acompañar las medidas de restricción de la movilidad o permanencia de niños, niñas y adolescentes en el espacio público.
A las autoridades, les corresponde en este caso a la Policía:
Remoción de obstáculos: Remover los bienes que obstaculizan el espacio público.
En cuanto a los concejos municipales, su función será:
Delimitar lugares de aglomeración: Definir cuáles serán las áreas protegidas, reservadas o determinadas del espacio público, en las que no se dará permiso para aglomeraciones.
En lo que respecta a los comportamientos contrarios a la convivencia, se establecen las siguientes sanciones:
Pólvora: Prender o manipular pólvora sin contar con la autorización del alcalde. Multa $735.000
Sexo: Está prohibido tener sexo en espacios públicos. Multa $368.000
Grafitis: Hacer un grafiti o pegar un afiche sin autorización. Multa $184.000
Manifestaciones: Irrespetar las manifestaciones y reuniones en el espacio público o en lugares privados en razón a la raza, edad, género, orientación sexual, creencias religiosas, preferencias políticas o apariencia personal. Multa $735.000
Demostraciones de afecto: Obstruir las manifestaciones de afecto público (que no configuren actos sexuales) debido a la raza, orientación sexual, género u otra condición similar. Multa $92.000
Lavado de vehículos: Lavar carros, motos y otros bienes en la vía pública, ríos, canales y quebradas, es contrario a la preservación del agua. Multa $92.000
Arrojar basura: Botar basura en el espacio público. Multa $92.000
