martes, 07 de julio de 2026
Actualidad/ Creado el: 2017-01-14 09:53

El ABC de la Ley de Pequeñas Causas

La puesta en marcha de esta ley destrabará más de 400.000 procesos judiciales; aquí, un resumen. Las lesiones personales con ácido no están incluidas dentro de los delitos menores, y no habrá excarcelaciones.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | enero 14 de 2017

La Fiscalía General de la Nación celebra la aprobación de la ley de procedimiento abreviado por parte del Congreso de la República, que reducirá significativamente los términos de más de la mitad de los procesos penales.

Expertos coinciden que entre las ventajas de esta Ley de Pequeñas Causas, se agiliza el trámite y la resolución de los conflictos menores, que antes se tipificaban como delitos y ahora pasan a convertirse en contravenciones penales.

Así mismo, establece un procedimiento oral y sumario, con un acceso fácil, oportuno e inmediato a las autoridades en casos como las lesiones personales, los delitos contra el patrimonio económico en general   (hurto, abuso de confianza, daño en bien ajeno, entre otros).

Ya lo había manifestado la Fiscalía, al indicar que con esta ley se descongestiona el sistema penal acusatorio, y especializa la labor investigativa que adelanta actualmente la entidad para los grandes delitos, en la medida en que las nuevas contravenciones serán investigadas por la Policía Nacional y el juzgamiento corresponderá a los jueces de pequeñas causas. Se evita así que no se retarde la acción de la justicia; además de que consagra mecanismos alternativos y ágiles como la indemnización integral y la conciliación, para que la víctima obtenga una pronta y adecuada reparación por parte del contraventor, y una pronta resolución de estas pequeñas causas. De esta manera, la víctima tiene una intervención directa desde el comienzo del procedimiento contravencional, permitiendo mecanismos como la aceptación de imputación por parte del contraventor.

Las principales características de la nueva ley son las siguientes:

1. Proceso abreviado para delitos contra seguridad ciudadana: Reducirá en la mitad el tiempo de duración de los procesos penales en los delitos que más afectan la seguridad ciudadana: hurtos, lesiones personales, inasistencia alimentaria, daño en bien ajeno, estafa y calumnia e injuria, particularmente.

2. Descongestión judicial en un 50%: Los delitos en los cuales se aplicará la ley del procedimiento abreviado representan más de la mitad de las noticias criminales que recibe anualmente la Fiscalía General de la Nación. Se trata de delitos que, por sus características, no requieren investigaciones complejas por parte del Estado. Esto quiere decir, por ejemplo, que la Fiscalía no se tomará el mismo tiempo para investigar una sofisticada organización criminal que para investigar una riña callejera.

3. De cinco a dos audiencias: Estas investigaciones ya no se harán en cinco, sino en dos audiencias procesales. Esta simplificación implica la eliminación de la audiencia de imputación y la reducción del proceso a dos etapas: audiencia concentrada y juicio oral.

4. Castigo a reincidentes: Una de las principales novedades de la nueva ley es que las personas reincidentes tendrán que ir a la cárcel y la privación de su libertad dejará de ser opcional. Así se evita que personas con antecedentes sigan delinquiendo en la calle, como ha venido ocurriendo, en detrimento de la seguridad ciudadana.  

5. Facilita judicialización en casos de flagrancia: La nueva ley establece que en los delitos que exigen que la persona afectada interponga una denuncia, se pueda iniciar la investigación de oficio cuando haya flagrancia. También habilita a los integrantes de la Policía Nacional para denunciar cuando la víctima esté en imposibilidad de hacerlo, como por ejemplo, cuando no esté presente o esté inconsciente.

6. Elimina requisitos para investigar corrupción: La nueva norma de procedimiento abreviado elimina la necesidad de que un ciudadano denuncie para iniciar la investigación en varios delitos contra la administración pública, tales como: Divulgación y empleo de documentos reservados; utilización indebida de información obtenida en el ejercicio de la función pública; utilización indebida en la información privilegiada o revelación de secreto; ofrecimiento, venta o compra de instrumento apto para interceptar comunicaciones y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto.

7. Destrucción de armas: Para impedir que las armas puedan volver a emplearse en nuevos delitos, la ley de procedimiento abreviado le permite a la Fiscalía destruir las armas de fuego y armas blancas incautadas, tras comprobar que se utilizaron para cometer ilícitos.

8. Seis meses para divulgar y socializar nueva ley: La  ley entrará en vigencia seis meses después de su expedición y se podrá aplicar, incluso, a investigaciones en curso en las que no se haya formulado imputación.