jueves, 11 de septiembre de 2025
Actualidad/ Creado el: 2014-03-06 10:58

Condena a la Nación por insultos de un profesor a una alumna

En un reciente fallo el Consejo de Estado les hizo un fuerte llamado de atención a los profesores de educación física para que no olviden que “la violencia verbal no puede constituir un método para fortalecer el aprendizaje”.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | marzo 06 de 2014

De la misma forma, exhortó a las autoridades de Bogotá para que “si no lo han hecho, adopten medidas conducentes a reforzar el respeto a la dignidad de los estudiantes por parte de los profesores y los establecimientos educativos durante las clases de educación física”.

Así lo hizo en un fallo en el que condenó al Estado a indemnizar a los familiares de una menor, Luisa Fernanda Pérez, quien fue insultada por un profesor de educación física durante una clase al final de la cual la menor murió por cuenta de una afección que nada tuvo que ver con los insultos del profesor. El 25 de julio de 2001, la joven de 13 años se encontraba corriendo alrededor de la cancha de fútbol como parte de un ejercicio impuesto por su profesor de educación física.

En un momento, la menor empezó a sentirse mal y a sufrir de dolores en el pecho por lo que le pidió al educador que la dejara descansar. Este hizo caso omiso a lo mencionado por la menor y, en cambio, empezó a insultarla, a decirle que si era una princesa o una modelo, que si estaba modelando. Igualmente, invitó a sus compañeros a que la chiflaran y la puso a dar otras 10 vueltas a la cancha pues por el cansancio que sentía había sido la última en completar la prueba que se le había puesto.

La menor no alcanzó a dar dos vueltas más cuando se desmayó. Murió a las pocas horas en el CAMI de Nueva Gaitana, en Bogotá. ¿El diagnóstico? Una cardiomiopatia hipertrófica –es una enfermedad del miocardio, el músculo del corazón, en el que una porción del él se encuentra hipertrofiado o engrosado sin causa aparente– que ni sus padres ni nadie había advertido. Es por ello que en este caso, el Consejo de Estado no condenó a las autoridades por la muerte de la menor puesto que, en su criterio, esta fue producto de una enfermedad congénita que ni el centro educativo ni la familia de la menor habían advertida; es decir, que el fallecimiento de Luisa Fernanda no había sido por cuenta del ejercicio impuesto a la menor.

No obstante, este alto tribunal sí encontró responsables a las autoridades por el mal trato dado a la estudiante por parte del profesor. “Hubo un daño moral consecuencia de la vulneración de los derechos fundamentales de la dignidad y el buen nombre de la menor (…) Se violaron las normas que establecen que los profesores deben tratar cortesmente a los estudiantes y no imponerles castigos denigrantes (…) Hubo una multiple vulneracion de los derechos fundamentales de la menor, entre ellos, su dignidad humana, su honor y propia imagen. El trato que recibió por parte del establecimiento educativo constituyó una manifestación de violencia verbal”, sostuvo vehemente el Consejo de Estado.