ABC del Código de Policía aplicado en la actividad comercial
El documento introduce una serie de obligaciones a todos los comerciantes los cuales deberán acreditar el cumplimiento de requisitos más estrictos de los que hasta la fecha son exigidos por parte de las autoridades.
El nuevo código le dará nuevas herramientas a la Policía para mejorar la seguridad ciudadana. Con este la Policía aumenta sus compromisos y se espera que su implementación cambie la cultura ciudadana. No solamente la fuerza policial, sino también los deberes de los ciudadanos frente a los derechos colectivos y frente al Estado.
En lo que respecta a la actividad comercial, el código establece que las autoridades responsables para su aplicación serán alcalde, policía y propietarios que deberán acatar las normas.
Lo que pueden hacer las autoridades:
Alcaldes
Horarios: Debe fijar los horarios de operación de la actividad comercial, inclusive para clubes sociales.
Perímetro de afectación: Debe proponer el perímetro en el que una actividad económica afecta la tranquilidad.
Tareas pendientes de las autoridades
Servicio de baño: El alcalde regulará el cobro de servicio de baño.
En lo que respecta a la autoridad en este caso la policía:
Policía
Verificar el funcionamiento: La Policía debe verificar los requisitos de funcionamiento de los establecimientos comerciales, ingresando cuando estén desarrollando su actividad.
Ingreso a clubes sociales: La Policía puede, en determinadas circunstancias, ingresar a clubes sociales.
Propietarios
Apertura: El propietario de una actividad comercial debe comunicar a la comunidad la apertura del negocio.
Servicio de baño: Es obligatorio prestar el servicio de baño a niños, mujeres en embarazo y personas de la tercera edad, sin importar si son clientes o no.
Para el sector comercial se prevé que los comportamientos contrarios a la convivencia se establecen las siguientes sanciones:
Música y derechos de autor: Poner música en un lugar comercial y no presentar el comprobante de pago de derechos de autor. Multa $368.000
Alimentos: Vender alimentos en un lugar no autorizado. Multa $184.000
Horarios: No cumplir con los horarios establecidos por el alcalde. Multa $735.000
Sobrecupo: Permitir que un negocio se llene de gente por encima de la capacidad del lugar donde funciona. Multa $735.000
Ocupación de espacio público: Está prohibido que un negocio propicie la ocupación indebida del espacio público. Multa $184.000
Uso del suelo: Incumplir las normas de uso del suelo. Multa $735.000
Servicios públicos: Conectarse sin autorización de la empresa de servicios públicos. Multa $735.000
Arrendamiento: Arrendar un inmueble para una actividad contraria a las normas de uso del suelo. Multa $735.000
Evacuación: No informar los protocolos de evacuación. Multa $92.000
Ingreso de armas: Se suspenderá de manera temporal la actividad comercial de cualquier establecimiento que permita el ingreso de personas con armas. Las armas serán decomisadas.
Suspensión: Cuando un negocio incurra en comportamientos que afectan la convivencia dos o más veces, la Policía podrá suspender la actividad comercial de manera definitiva.
Drogas y otras sustancias: Está prohibido expender o guardar en un establecimiento comercial cualquier sustancia prohibida. Multa $735.000
Contrabando: Poseer o vender mercancías sin demostrar su procedencia lícita. Multa $735.000 y destrucción del bien.
Discriminación: Limitar o vetar el acceso a lugares y eventos públicos a personas en razón de su raza, sexo, orientación sexual, género o condición social o económica o discapacidad. Multa $735.000
Creación comités de convivencia
El nuevo Código establece la creación de los Comités Civiles de Convivencia en cada municipio o distrito, el cual tiene la función de mejorar la función y actividad de la Policía. En dicha dependencia se tramitarán las quejas, denuncias, peticiones o reconocimientos reportados en relación con la función y la actividad de Policía.
Este Comité estará conformado por el Alcalde, el Personero Municipal y el Comandante de Estación, municipio o localidad y deberán reunirse, al menos, una vez al mes.
La Policía Nacional, la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Tecnologías de las Información establecerán un sistema electrónico único de quejas, sugerencias y reclamos de cobertura nacional que garantice un acceso fácil y oportuno a la ciudadanía.
