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Política/ Creado el: 2019-04-02 10:22 - Última actualización: 2019-04-03 01:52

¿Quién tiene la razón en las inasistencias al Congreso de Jaime Felipe Lozada?

Al respecto el dirigente político indicó que la información que remite la periodista es contraria a lo que expone y es por ello que colocó a disposición de la opinión pública la información correspondiente al periodo 2014 - 2018.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 02 de 2019

El movimiento ciudadano #TrabajenVagos, encabezado por la periodista Catherine Juvinao, ha creado una polémica por revelar nombres de 30 congresistas  que presuntamente se han ausentado más de las 5 inasistencias permitidas por ley en sesiones de plenarias en el Congreso de la República.

Entre esos 30 congresistas a los cuales se pretenden denunciar, se encuentra Jaime Felipe Lozada, congresista huilense por el partido Conservador.

Alrededor de las 9:00am, viendo la polémica que se armó alrededor de esta noticia, Lozada salió en su defensa y publicó en redes sociales el certificado de asistencias emitido por la Subsecretaria General de la Cámara de Representantes y argumentó que se trataba de una “Fake news” para desprestigiar su trabajo. Sin embargo el funcionario no se percató que su documento corresponde al periodo del 2018-2022 y el movimiento #TrabajenVagos lo acusa de las inasistencias del 2014-2018.

Al respecto el dirigente político indicó que la información que remite la periodista es contraria a lo que expone y es por ello que colocó a disposición de la opinión pública la información correspondiente al periodo 2014 - 2018.

En lo que respecta al verificar el documento del periodo del 2018 a 2022, ciertamente el huilense de 44 sesiones ha asistido a 41. Sólo faltando a 3 con su debida ‘excusa’.

Sin embargo a los minutos rectificó y publicó el mismo documento (certificado de asistencias emitido por la Subsecretaria General de la Cámara de Representantes) pero en el periodo correcto al cual se le denuncia, es decir, 2014-2018.

Cabe recordar que según la Constitución política en el artículo 183 numeral 2, los congresistas no pueden ausentarse a las sesiones de plenarias en más de 5 ocasiones, por lo cual podrían estar expuesto a demanda por investidura de su cargo y quedar inhabilitados de por vida a ejercer algún puesto en el ámbito público.  

 


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