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Economía/ Creado el: 2020-04-02 02:34 - Última actualización: 2020-04-02 02:34

“Pago de los arriendos no se congelarán”

Gobierno Nacional dará a conocer en las próximas horas un decreto el cual podría aliviar un poco las viviendas y locales que están en arriendo, sin embargo, el pago de los arriendos no será congelado. El presidente de Lonja del Huila manifiesta que estas reglas serán para el beneficio de todos.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 02 de 2020

Diario del Huila, Neiva
Catalina Durán Vásquez

Con el objetivo de mitigar los efectos derivados de la emergencia que atraviesa el país, el Presidente de la República, Iván Duque, anunció la expedición de un Decreto, que estará listo en las próximas horas con nuevas medidas para vivienda y locales comerciales arrendados por MIPYMES.

El Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, dio a conocer que “se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento (así los contratos lo estipulen), desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia”.

Malagón agregó que la norma “también prorroga la vigencia de los contratos, lo que quiere decir que aquellos que finalizaban durante el tiempo de la emergencia se entienden prorrogados durante la emergencia, salvo si hay acuerdos entre las partes. Además, cuando se llegue a acuerdos privados de pago, estos estarán desprovistos de penalidad y no se cobrarán intereses de mora”.

Los pagos no se congelan 

Es importante aclarar que en ningún momento se habla del no pago, en todos los casos el arrendatario deberá honrar sus obligaciones y, si es el caso, llegar a acuerdos con el arrendador. 

“Los arrendatarios deben cumplir con las obligaciones, los arrendamientos siguen vigentes y las personas deben pagarlo en lo posible dentro del término, de lo contrario me imagino que el arrendatario expondrán sus razones del porqué no puede pagar y llegaran a un acuerdo ambas partes”, sostuvo Guillermo Alfonso Buriticá, presidente de Lonja del Huila.

Como lo anunció el Gobierno, las personas deberán cumplir con el pago y si no es posible, deberán llegar a un acuerdo con su arrendador para la facilidad del mismo.

Alivio para arrendatarios y arrendadores

El decreto que dará a conocer el Gobierno Nacional en las próximas horas busca diferentes ayudas para las personas que en estos momentos pagan un arriendo mensual, además, expresa que debe haber un acuerdo entre los arrendatarios y arrendadores.

“Los contratos son entre dos personas donde no interviene el estado, hasta el momento el Gobierno no ha tocado esos contratos, se siguen rigiendo por las reglas que existe y es una voluntad de partes, cualquier concesión va a obedecer un dialogo entre arrendatario y arrendados mirando las condiciones de cada uno de los arrendatarios; los alivios según como lo dijo el presidente van hacer el no cobro de intereses de mora del tiempo que dure la emergencia económica, el no cobro de los reajustes durante ese tiempo, no va a haber desalojos”, manifestó Guillermo Buriticá.

El presidente de Lonja del Huila expresa que este decreto es como un aliento que beneficiará tanto a arrendadores como arrendatarios, teniendo en cuenta que este dinero también es un auxilio para los arrendadores.

“Es un decreto que nos ayuda a todos colocando unas reglas claras de cómo debemos tratar estos temas durante el término de la emergencia económica y nos permite a los arrendadores dar determinados alivios a las personas, además durante el término de la emergencia tampoco se podían terminar contratos, son unas reglas claras para que todos podamos avanzar durante esta época de emergencia económica, todos debemos poner un poco, este decreto es un alivio para todos porque no da unas pautas las cuales nos podemos mover y así todos estaríamos dándole cumplimiento a lo que pactamos, tanto arrendatarios como arrendadores”, indicó Guillermo.

Arrendamientos comerciales

En el marco de esta guía de buenas prácticas, FENALCO solicita al Gobierno Nacional se pronuncie sobre la grave afectación del sector comercio y servicios, para hacer extensible rápidamente medidas como: plazos especiales de pago de parafiscales para todos los sectores del comercio, alivios y extensiones para el pago del impuesto predial, ICA, alivios en el pago de servicios públicos en el comercio, alivios en materia de IVA sobre gastos fijos: arriendos, servicios aseo, mantenimiento y vigilancia.

De igual manera, FENALCO hace unas recomendaciones para los arrendadores y arrendatarios que de manera directa y/o con intermediación de empresas inmobiliarias podrán celebrar nuevos acuerdos en virtud de la crisis con carácter temporal y transitorio, con distintas alternativas, como las que se plantean a continuación: Primero, el pago de cánones de arrendamientos variables con base en un porcentaje sobre las ventas y revisar la pertinencia de los mínimos garantizados. Segundo, renegociar, durante los meses de la crisis y/o recuperación, un porcentaje acordado entre las partes del canon fijo de arrendamiento. Tercero, suspender el canon de arrendamiento durante los meses de crisis y posponer su pago durante el periodo de recuperación o posterior a éste, de manera total o parcial. Cuarto, adelantar una combinación de cualquiera de las alternativas anteriores. Quinto, suspender o eliminar cualquier tipo de cobro de intereses de mora, en alguna de las negociaciones que se adelanten.

Finalmente, FENALCO hace también un llamado a la banca para impulsar de manera mucho más contundente, medidas de alivio y/o congelamiento de deudas preexistentes con el sector financiero y el otorgamiento de créditos acorde con la situación de excepción, tales como: Línea de crédito exclusiva y diferencial para el pago de la nómina de las empresas que hoy están en ingreso cero (0), con 6 meses de gracia, 2 años de plazo y sin intereses.

Ajustes en las copropiedades

Pero el Decreto va más allá, ya que hace ajustes relacionados con la propiedad horizontal, entre ellos, da luz verde para que se habilite el uso del fondo de imprevistos de las copropiedades durante la emergencia, prioritariamente para el mantenimiento de los contratos de trabajo del personal. 

Igualmente, señala que las asambleas ordinarias se podrán realizar de forma virtual o se tendrán que aplazar hasta después de la emergencia, sin que esto implique la imposición de sanciones por inasistencia.

Esta medida se suma a otras implementadas desde el momento en que comenzó la emergencia, unas relacionadas con la reconexión de los servicios de agua y energía; otras en línea con la necesidad de los colombianos afectados por la emergencia de refinanciar los créditos hipotecarios; o el periodo de gracia de hasta seis meses a los afiliados del Fondo Nacional del Ahorro (FNA) con inconvenientes para honrar sus obligaciones hipotecarias. Por último, la más reciente, que blinda a los beneficiarios de los subsidios de vivienda para que no pierdan los beneficios por las renegociaciones durante la emergencia.