domingo, 15 de febrero de 2026
Judicial/ Creado el: 2018-07-12 12:56

“No hay mayores novedades, en Ley de Sometimiento”

Penalistas del país, entre ellos, Iván Cancino, contemplan que la Ley de Sometimiento será poco práctica porque no considera mayores beneficios para quienes se sometan a la justicia. También se oponen al artículo que según ellos afecta el ejercicio de la profesión y parte, de la mala fe del abogado. Esta Ley fue sancionada el pasado lunes por el presidente, Juan Manuel Santos.

Escrito por: Monica Serrano | julio 12 de 2018

La Ley de Sometimiento ha sido elaborada durante el término de un año y recibió el visto bueno del Consejo Superior de Política Criminal. El presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley que le apuesta a fortalecer las normas para enfrentar la delincuencia organizada por parte de miembros de grupos delictivos armados organizados; también menciona el asesoramiento a estos grupos delictivos.

Mirando detalladamente esta Ley, en el capítulo II refleja el procedimiento para el sometimiento y acogimiento de las organizaciones criminales, le sigue el capítulo III que sería la primera fase con los acercamientos colectivos. El capítulo IV es la segunda fase, donde iniciaría  la judicialización individual, capítulo V fase tercera con otorgamiento de beneficios para la resocialización y el capítulo VI donde muestra las acciones de reparación.

En los anteriores capítulos se resumen que el procedimiento que deben recurrir  los grupos armados que decidan someterse a la justicia, es decir en primera instancia seria el acercamiento con el Gobierno y luego una judicialización ante la Fiscalía y los jueces.

Por otro lado, para comprender este tema y asimilarlo, se conoció a través de un medio nacional las opiniones de dos especialistas en el campo del derecho, quienes consideran que será poco efectiva porque no contempla mayores beneficios para quienes se sometan a la justicia.

Expertos juristas

En primera instancia, se conoció la opinión del decano Ciencias Jurídicas de la Universidad Javeriana, Julio Andrés Sampedro, quien aseguró que las normas expuestas no beneficiarán del todo a las personas que quieran acogerse ante la justicia. “Desde el 2002 cuando se hizo el código y se estableció el sistema acusatorio lo que se buscó fue fortalecer la labor investigativa de la Fiscalía, para que pudiera tener los elementos para este tipo de eventualidades. En esta ley hay normas mirando preliminarmente y a mi manera de ver echa a atrás avances importantes en el derecho colombiano y hay otras que tienden a fortalecer la labor de la fiscalía. Pero si lo que uno extraña que en el marco de todo esto, que  teniendo las normas sobre justicia restaurativas que existen en el código del procedimiento penal y sistema penal colombiano no se hayan utilizado esas normas para garantizar no solo la entrega de estar personas, sino también que se garantice programas especiales adicionales que permita que estas personas no vuelvan a incurrir en la violencia y se repitan los hechos”, dijo el penalista.

En relación a las críticas que se han conocido sobre que estas personas puedan conservar parte de sus bienes, el decano agregó, “ahora que no tenemos una forma de enfrentar con una política pública al delito, una política coherente y sostenible. Es necesario en este momento que va empezar con un nuevo gobierno este debería pensar es una política criminal seria para enfrentar estas bandas y darles respuestas serias a la ciudadanía sobre el fenómeno del delito”. Concluyó.

Asimismo, el medio logró conocer la opinión del abogado penalista Iván Cancino, quien no está de acuerdo con el artículo que menciona asesoramiento a grupos delictivos armados organizados. Además indicó que la ley no tiene máximas novedades esta nueva disposición.

“No hay para mi mayores novedades en lo que significa la ley de sometimiento. Y si esta se hizo sin socializarse con los directivos y los miembros de estas organizaciones de delincuentes, pues el resultado va ser cero. Porque los beneficios entre comillas en realidad no son muchos, porque la rebaja hasta el 50%  ya lo tenía la ley, entonces cuando la persona dice me voy a someter pero voy a encontrar lo mismo que ya tengo y me van a dar el 50% de algo que me agravaron, no le veo que vaya tener unos resultados prácticos. Por ejemplo hoy en día  la ley de restricción de dominio consagra que se queden con algún porcentaje de bienes los delincuentes que ayuden al estado al que proceso sea más rápido, otra cosa los agentes en cubierto no son ninguna  novedad, el artículo 242 del código procesal establece que los particulares cercanos a las organizaciones delictivas pueden servir como agentes en cubierto, entonces es un motón de situaciones que se presenta como  novedosas y en realidad no lo son tanto” afirmó el abogado penalista.

Además, Iván Cancino indicó que al parecer demandaría  el artículo de la ley de sometimiento de bandas criminales, “yo si tengo una demanda  y es establecer ese delito específico frente quienes desde la contaduría, la revisoría fiscal o el derecho asesore ilícitamente la bandas criminales. Porque ese artículo se puede interpretar para que a los abogados se nos persiga solo porque una persona diga o presuma que se está asesorando a una banda criminal. Además que los abogados tengamos que demostrar que los dineros que nos pagan son ilícitos, “¿acaso el arquitecto o el odontólogo les van a pedir lo mismo?”. No, nosotros ejercemos una profesión liberal y partimos de la buena fe, le toca a la Fiscalía demonstrar que esos dineros son ilícitos.  Así que yo si quiero hacer énfasis en ese artículo. Nosotros partimos de la base que nos están pagando con recursos ilícitos y si el gobierno tiene alguna duda tiene que demostrar que el ejercicio de la profesión liberal tiene una remuneración que es contraria a derecho, así que esa norma como está redactada afecta el ejercicio de la profesión y parte de la mala fe del abogado, y hay un principio constitucional de  la buena fe y la vamos hacer respetar”, indicó.

Sobre la nueva disposición agregó, “Es como la rebaja de algunos almacenes  que uno ve el precio antes de la baja y son 100 pesos y al otro día rebaja del 50% y resulta que la prenda ya vale 200, “¿entonces cuál fue la rebaja?” Ninguna. Si el país va ser una política seria de sometimiento tiene que garantizar que no haya impunidad y que allá reparación para la víctimas y también darles algo a los grupos criminales para solucionar el problema, y lo que veo de esta norma, es que no sea llamativa para los grupos al margen de la ley”, puntualizó.


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