¿Es posible y conveniente modificar el Acuerdo Final de Paz?
Es necesario reconocer que no es fácil volver a negociar si no hay voluntad política de ambas partes: porque aquí aplicaría la máxima de que las cosas se deshacen como se hacen, y para ello es fundamental el acuerdo entre quienes lo construyeron.

Por Alejo Vargas Velásquez
Director Centro de Pensamiento
y Seguimiento al Diálogo de Paz
El ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, en un escenario inusual –el debate que le hacían senadores de la República de la oposición política por la presencia de tropas norteamericanas en el país, sin su autorización–, soltó la idea de que no debía cerrarse la posibilidad de que a futuro se pudieran introducir modificaciones al Acuerdo Final de Paz, especialmente en lo atinente a su implementación.
Dicho acuerdo, firmado en 2016 entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC-EP, se logró después de varios intentos “frustrados” con diversos Gobiernos que inician con el expresidente Belisario Betancur (1982-1986) y el Acuerdo de La Uribe; los intentos en los Gobiernos de César Gaviria (1990-1994) con la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar en Caracas y Tlaxcala; las conversaciones en el Gobierno de Andrés Pastrana (1994-1998) en San Vicente del Caguán, y por último las conversaciones en La Habana entre el Gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2018) y las FARC-EP. Para algunos protagonistas, como el dirigente del ahora partido político FARC, senador Carlos Antonio Lozada, realmente se trató de distintos momentos dentro de un proceso de larga duración.
El Acuerdo, que durante el periodo de sus conversaciones tuvo la oposición férrea –y no siempre leal– del partido político que hoy está al frente del Gobierno, fue llevado por decisión de las partes –para algunos equivocada– a un plebiscito, y finalmente las fuerzas que se oponían al mismo lograron triunfar, por un pequeño margen, pero al fin y al cabo triunfar.
Esto forzó a un periodo de renegociación del Acuerdo, entre los negociadores del Gobierno, tanto con los dirigentes del No como con los negociadores de las FARC-EP en La Habana, tiempo después. A pesar de que en la nueva versión se logró incorporar la mayoría de los aspectos, no hubo consenso alrededor de este; finalmente se volvió a firmar en el Teatro Colón de Bogotá y se ratificó por amplias mayorías del Congreso de la República, y esto fue convertido por el mismo Congreso y luego por la Corte Constitucional en normas constitucionales y legales. Posteriormente el Gobierno Santos y las FARC acordaron en lo que se conoce como el Plan Marco de Implementación (PMI), un periodo de quince años para su implementación.
Hasta el momento, las dos partes que serían hoy el actual Gobierno, junto con los dirigentes del Partido FARC, no han expresado el deseo de introducir esos ajustes o modificaciones, que sería por donde debería iniciar cualquier esfuerzo en esa dirección. Crédito: Unimedios.
Veeduría internacional
Ese Acuerdo de Paz fue depositado ante distintas instancias internacionales, empezando por la Secretaría y el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el Gobierno suizo depositario de los Convenios sobre Derecho Internacional Humanitario, entre otras.
Ahora bien: ¿este Acuerdo de Paz es inmodificable? Claramente no se trata de un “acuerdo pétreo”, como bien lo precisó el expresidente Juan Manuel Santos en entrevista con El Tiempo. Obviamente lo muestra tanto la experiencia nacional –el acuerdo entre el Gobierno colombiano y el M-19, o el acuerdo entre el Gobierno colombiano y la Corriente de Renovación Socialista, en los noventa, fueron renegociados en su momento, con énfasis en aspectos relacionados con su implementación–, como la internacional, en el caso citado por el Ministerio de Defensa con el llamado “Acuerdo de Viernes Santos” en Irlanda del Norte, que también fue objeto de renegociaciones.
Sin embargo, es necesario reconocer que no es fácil volver a negociar si no hay voluntad política de ambas partes: porque aquí aplicaría la máxima de que las cosas se deshacen como se hacen, y para ello es fundamental el acuerdo entre quienes lo construyeron.
De ninguna manera se puede pretender que con el cambio de determinadas situaciones de contexto se pueden modificar las normas previamente acordadas, porque ello sería volver a situaciones de profunda inestabilidad en la normatividad internacional. Es evidente que con los cambios de los contextos es explicable que una o las dos partes quiera introducir algunos ajustes –no volver a renegociar lo que ya se hizo en otras condiciones–, pero para ello lo primero que debería hacer esa parte es convocar a su contraparte y comenzar un proceso de ambientación acerca de los eventuales ajustes o cambios.
¿Qué se requiere para que esto sea posible?
En primer lugar, esto solo lo pueden hacer las mismas partes que negociaron el Acuerdo que se quiere modificar, es decir el Gobierno y los líderes del Partido FARC que representan las fuerzas que se desmovilizaron; en segundo lugar se requiere que exista un margen de respeto y confianza entre las dos partes –si esto no existe es prácticamente imposible que se haga–; en tercer lugar, involucrar a los países garantes que fueron los que contribuyeron a su construcción, y sin duda a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que a través de sus misiones ha sido un contribuyente fundamental en su implementación. Finalmente, que las partes se pongan de acuerdo acerca de los eventuales temas o agenda de ajuste o modificación.
Hasta donde se conoce públicamente, las dos partes que serían hoy el actual Gobierno, junto con los dirigentes del Partido FARC, no han expresado el deseo de introducir esos ajustes o modificaciones, que sería por donde debería iniciar cualquier esfuerzo en esa dirección. Quizá como primer paso se puede crear una “comisión de trabajo de plenipotenciarios” que busque ponerse de acuerdo en los aspectos y los procedimientos que ello conlleva.
Debe existir confianza entre las dos partes y que cada una considere que la otra, a pesar de las dificultades, está actuando con buena fe, y especialmente sin ninguna pretensión de burlar el Acuerdo o hacer lo posible para eludirlo.
Si una de ellas pretendiera –acudiendo a situaciones de coyuntura– imponer a la otra modificaciones que no son aceptables para ella, no hay duda de que allí se activarían las “salvaguardas” de los mecanismos de garantía –nacionales e internacionales– que entre las partes acordaron en su momento. En nuestro caso, está además el control de la Corte Constitucional que fue la máxima instancia de nuestro ordenamiento jurídico, que le dio su aceptación al Acuerdo, introduciendo en ese momento algunos ajustes que así consideró.
Todo esto permite concluir que no es imposible introducir ajustes o modificaciones al Acuerdo de Paz entre el Gobierno y las FARC –tampoco es algo fácil–, pero para ello se requiere que se vaya surtiendo una serie de procedimientos que permitan que esto se haga de común acuerdo entre las partes. Nada fácil, como tampoco lo es cualquier negociación. Lo otro es tratar de crear ambientes de opinión desfavorables al Acuerdo, y en ese sentido, creo, que se dificulta mucho más cualquier eventual ajuste o cambio en el futuro inmediato.